Decreto Nº 122-01. Decreto que Crea la Oficina Coordinadora de las Ong´s, Dependiente Directamente de la Presidencia de la Republica.

Número de registro3336968
Fecha de publicación01 Enero 2001
Número de Decreto122-01
Fecha de disposición23 Enero 2001
Número de Gaceta10071
-78-
ARTICULO 12.-
Sin perjuicio de las sanciones establecidas en la
legislacion especial vigente y en el Codigo Penal, 10s funcionarios de las unidades que
incurran en las faltas establecidas en el articulo anterior seran destituidos por el Contralor
General de la Republica.
ARTICULO 13.-
Las sanciones anteriores se impondran tomando en cuenta
lo siguiente:
La gravedad de la violacion de la norma
o
procedimiento.
La importancia de la norma
o
procedimiento violada
La reincidencia del hecho.
El desorden
o
desviaciones que haya producido el hecho.
Otros elementos de juicio que, a criterio del Contralor General, deban
tomarse en cuenta en cada caso.
ARTICULO 14.-
Los incumbentes de las instituciones del Gobierno Central
y de las instituciones descentralizadas no financieras, donde operarin las Unidades de
Auditoria Gubernamental, deberan proporcionar las facilidades logisticas (espacio fisico,
mobiliario, etc.), que le permita a 10s auditores cumplir con las funciones y atribuciones que
les confiere el presente decreto.
ARTICULO 15.-
El Contralor General de la Republica elaborara el
Reglamento funcional de las Unidades de Auditoria Gubernamental.
DADO
en la ciudad de Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional,
Capital de la Republica Dorninicana, a 10s veintitres (23) dias del mes de enero del aiio dos
mil uno;
aiios
157 de la Independencia y 138 de la Restauracion.
HIPOLITO MEJIA
Dec. No. 122-01 que crea la Oficina Coordinadora de las ONG’s, dependiente
directamente de la Presidencia de la Republica.
HIPOLITO MEJIA
Presidente de la Republica Dorninicana
NUMERO: 122-01

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