Decreto Nº 133-06. Decreto que Establece la Zafra Azucarera del Año 2006 de los Ingenios Azucareros del Pais.

Número de Decreto133-06
Fecha de publicación01 Enero 2006
Número de registro3342265
Fecha de disposición27 Marzo 2006
EmisorINGENIOS AZUCAREROS.
Número de Gaceta10362
-71
ARTICULO 4.-Se autoriza a1 Secretario de Estado de Cultura, reunirse con
10s propietarios de 10s inmuebles, a fin de llegar a un precio razonable para la adquisicion
de 10s mismos, por parte del Estado, siempre basado en las tasaciones de la Direccion
General del Catastro Nacional, institucion creada por ley para estos fines.
ARTICULO
5
-Enviese a1 Administrador General de Bienes Nacionales, a1
Abogado del Estado, a1 Secretario de Estado de Cultura y a1 Registrador de Titulos, para 10s
fines correspondientes.
DADO en la Ciudad de Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional,
Capital de la Republica Dorninicana, a 10s veintisiete (27) dias del mes de marzo del aiio
dos mil seis (2006), aiios 163 de la Independencia y 143 de la Restauracion.
LEONEL FERNANDEZ
Dec. No. 133-06 que establece la zafra azucarera del
aiio
2006 de 10s ingenios
azucareros del pais.
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la Republica Dominicana
NUMERO: 133-06
CONSIDERANDO: Que es de ley establecer las reglas que deben regir la
zafra azucarera correspondiente a1
aiio
2006.
CONSIDERANDO: La importancia que reviste la produccion de azucar y
mieles para la economia del pais.
VISTA la Ley No. 618 de fecha 16 de febrero de 1965 y
sus
modificaciones.
VISTA la Ley No. 619 de fecha 16 de febrero de 1965.
VISTO el Articulo 145 del Codigo de Trabajo.
VISTO el Decreto No. 751-00 de fecha 11 de septiembre del aiio 2000
VISTAS la Resolucion de fecha 28 de agosto del 2002 y la PRIMERA
RESOLUCION de fecha 09 de noviembre del 2005, del Consejo del Instituto Azucarero
Dominicano.

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