Decreto Nº 1331. Decreto que Nombra Al 1ER. Teniente Casimiro Ogando Mora E. N., Juez Secretario AD-HOC del Consejo de Guerra de Primera Instancia del E. N.

Fecha de disposición24 Mayo 1967
Número de Decreto1331
Fecha de publicación01 Enero 1967
Número de registro3318374
Número de Gaceta9036
EmisorEJERCITO NACIONAL
-503-
131%
3
-LR
presente
LCY
deropa
y
siistitiiye
toda
ley
o
$isposici6n
legal
que
le
sea
contr;ll*in.
DADA
Y
PRORIULGADX
en
el
Palacio
Nacional,
Santo
Porningo,
Distrito
Nacion'al, Capital de
la
Repilblica
Domini-
cans,
a
10s
veintinueve
dias
del
me5
$e
junio
del
aiio
mil
nove-
cientos
seseriia
y
seis, aiios
123'
de
la Tndependencla
y
103"
de
la
Restauracibn.
Publiquese
en
la
Gaceta
Oficial
y
en
un
peri6dico de
am-
plia circulacicir, en el
territorio
nacional,
para
su
conocimiento
;-
cumplimiento.
HECTOR
GARCIA
GODOY
Ley
No
285,
que
ciea
el
C6digo ci'e
Justicia
de
la
Policin
IfacionaL
(G.
0.
No
8992,
del
29
de
junio
de
1966)
HECTOR
GARCIA
GODOY
'CPr:sideite
Provisional
de
la
Repfiblica
Ikmiinicnn'a
En
Nombre
de
la
Repitblica
En
ejercicio
de
las
atribucionss
que
me
confiere
el
articu-
lo
2
del
Acto
Institucior?al;
-50-1-
Art.
3.
-
Fuiicionarti tin
Tribunal
de
Piiniera
Tiistancia de
Jiisticia
Policial
en
Santo Domingo,
y
otrlo
en Santiago,
10s
c’onles
podrlivl
labora:.
si
las
necesidades del servicio
lo
requie-
;TI,
e11
cualquier
localidad enmarcada
en
las
jurisdkciones
que
serialan
el
p:irrafo siquiente
:
Pliri
afo.--El
Tribunal de Primera Instancia de Justicia
I’olicial
con
asiriito
eii Santo
Doiningo.
tendrh
pDcir
jurisdic-
cicin
lo\
T)epa:*+amr.ntos
P~licia’es
uljiearplos
en
PI
Pietrito
Na
va1,
ICs
Ut.
partnmentos
&Le.
Sureste,
San
Crist6ba1,
Sur
v
SlfroPste;
y
el
Tribunal de Primera lrstaneia
6e
justicin
Poli-
cia1
ccii
asiento
en
Santiago,
la
extensiciri territorial que
cvbren
10s
1)epsrtamentos
La
Yega, K~rte, Nordeste
y
Noroeste.
-505-
:suiiiir6
siis
fmciones en
cim
dc
falta
o
inipedimento
o
cuan-
do
por
ramnes del servicicb
lecluiei-a
su sctuacicin
el
Fiscal
ti-
tular.
Art.
10.--HI
Fiscal
del Tribunal de
Primer1
Instalicia
de
dustic;a
Policial
estai-5
asistido
para
el
desemyeiio
de
siis
fun-
ciones
por
un alistado en calidad de Secretario.
Art.
ll.--En cada Tribunal
de
Primer2 Instancia
de
Jus-
ticia
Policial
habrA
por
lo
nienos
un
Juez
de Instrucc-i6n,
quieii
SF!
encarg,rra
de iiistruir
las
suinarias correspondimtos, cuando
las iiifracciones coinetidas
por
10s
miernbros de
la
Policia
Na-
cional
revislaii cayacteres de
ct‘lmen.
1’6rrafo.--En
la
.Jurisdiccittn del Juzgado
de
Primera Ins-
taficia de Justicia 1”olicial
con
asiento en Santo Doniingo ha-
hihn
dos
Juzgados de Instruccicin, que se denominaran Juz-
r:+clos
de Instrucci6n de la I’rimera
il,ircunscripci6n,
el
cual
tcndr6
jaridicci6n
sobre
10s
departainentos policiales uhicados
cii
Santo
Doiningo,
el 1)epsrtaniento
E\te
p
Sureste
l’.N.;
y
el
3?i7g:ndo
de
Instruccitn
de
la
Segunda Circunsci ipcihn
el
cual
tendrj jurisdicci6n
sobre
10s
DepaitaiiJeiitos
San
CriFt(kd.
Sur
y
Suroecte.
Art.
12--El
Juez
de
Instruccihn
estsrti
asiddo
eii
el
ejer-
cicio de
sus
funciones
pot
un
alistado en cdidad.
de
Secretario.

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