Decreto Nº 135-20. Decreto que Establece Un Toque de Queda en Todo el Territorio Nacional y Prohíbe el Tránsito y Circulación de Personas desde las 8:00 P.M. Hasta las 6:00 A.M. a Partir del Viernes 20 de Marzo del Año en Curso Hasta el Viernes 3 de Abril del Año en Curso, por Un Plazo de 15 Días.

Fecha de disposición20 Marzo 2020
Número de Decreto135-20
Fecha de publicación30 Abril 2020
Número de registro3395704
Número de Gaceta10975
EmisorMINISTERIO DE INTERIOR Y POLICIA.


CONSIDERANDO: Que el Congreso Nacional, mediante la Resolución núm. 62-20, del 19 de marzo de 2020, autorizó al presidente de la República a declarar el estado de emergencia respecto de todo el territorio nacional, por lo que el Poder Ejecutivo formalizó esa declaratoria a través del Decreto núm. 134-20, del 19 de marzo de 2020, con base en la indicada resolución, para implementar las medidas necesarias para enfrentar el brote infeccioso de COVID-19.

CONSIDERANDO: Que de acuerdo con la Resolución núm. 62-20 y el Decreto núm. 134-20, el Poder Ejecutivo está autorizado a disponer las restricciones, por el tiempo estrictamente necesario, a las libertades de tránsito, asociación y reunión, de acuerdo con lo dispuesto en las letras h) y j) del numeral 6 del artículo 266 de la Constitución y los numerales 8 y 10 del artículo 11 de la Ley núm. 21-18, siempre guiados por las directrices de la Organización Mundial de la Salud (OMS), la Organización Panamericana de la Salud (OPS) y la práctica internacional para prevenir la aglomeración de personas que puedan propagar aún más el COVID-19. Ningún otro derecho de los enunciados en el numeral 6 del artículo 266 de la Constitución y en el artículo 11 de la Ley núm. 21-18 será objeto de restricción.

CONSIDERANDO: Que en las presentes circunstancias, con las restricciones a las actividades públicas y comerciales, es necesario reforzar la seguridad para salvaguardar la vida de las personas y proteger la propiedad pública y privada.

VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 13 de junio de 2015.

VISTA: La Ley núm. 21-18, sobre regulación de los Estados de Excepción contemplados por la Constitución de la República Dominicana, del 25 de mayo de 2018.

VISTA: La Resolución núm. 62-20, que autoriza al presidente de la República a declarar el estado de emergencia en todo el territorio nacional de la República Dominicana, del 19 de marzo de 2020.

VISTO: El Decreto núm. 134-20, mediante el cual el presidente de la República declara el estado de emergencia en todo el territorio nacional de la República Dominicana, del 19 de marzo de 2020.

En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República dicto el siguiente

DECRETO:

ARTÍCULO 1. Se establece un toque de queda en todo el territorio nacional y, en consecuencia, queda prohibido el tránsito y...

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