Decreto Nº 1366. Ratificacion del Tratado de Paz, Etc. Entre las Republicas Dominicana y Haitiana

Número de registro3264249
Fecha de publicación01 Enero 1874
Número de Decreto1366
Fecha de disposición30 Diciembre 1874
N6m.
ZOl.-DECRETO
del
C.
N.
mandando reintegrar 10s bie-
nes secuestrados por decreto del
6.
S.
fecha
12
Junio;
y
destituyendo a1 ex-Presidente Jimenes
de
su
grado
militar
(1).
Dios, Patria
y
Libertad.-Republica
Dominicans.-El
Con-
greso Nacional.
Considerando
:
que la Constitucidn politica del Estado con-
sagra por su art.
20,
no
habier lugar en
cas0
alguno
a
la
confis-
caci6n dfe bienes.
Considerando: que por el
art.
105
de la misma, el Poder
Ejecutivo
es
efectivamente responsable de 10s crimenes
y
dcli-
tos
comlctidos por 61 durante
su
administracih,
y
de
10s
de
to-
dos
10s
asociados, si
a
sabiendas
10s
oculta
6
disimula, autorizan-
do
su
impunidad.
Considerando: que desde el momento en que
el
Gobierno
hace sufrir a
10s
ciudadanos todas las cargas del Estado social,
con ausencia dte la proteccidn
y
garantias que
le
son debidas, fal-
ta culpablementie
a
su
objeto, destruye
la
asociacih
y
devuelve
ii
cada uno sus primitivos derechos.
Considerando
:
que el ex-Presid'ente Jimenes desoy6
el
da-
mor p6blico
y
las denuncias justificadas contra un traidor co-
nocido,
Q
la vez que favorecid
10s
progresos del incendio de la
poblaci6n de San Carlos, ordenado por un subalterno,
y
que
contempl6 impasible otros actos no mhos alarmantes
de
la
mas viohenta
6
inaudita velocracia.
Considerando
:
que ese magistrado, despues de haber dado
3
la Representaci6n Nacionail las mayores seguridades del vi-
gilante celo del Gobierno, de la eficacia de
las
medidas adopta-
das en
la
dtima invasion haitiana
y
de la infalibilidad del buen
exit0 de nuestras armas, se retract6 pMica
y
ostensiblemente
por nota oficial del mes de Abril, no respondiendo a1 fin ni aun
de la posibilidad de ensayar medidas sencillas de resistencia
natural.
Considerando:
que
ninguna de
las
medidas adoptadas por
el Gobierno caido estuvo en consonancia con las reglas invaria-
bles
dlel derecho de la guerra y con la utilidad y conveniencia
piiblica.
Considerando
:
que
ante
10s
Tribunales
y
juzgados ordina-
rios todo hombre
es
responsable
de
sus
hechas,
tanto con res-
---.
(1)-V.
nGm. 193.

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