Decreto Nº 15-19. Decreto que Concede Pensiones del Estado por Antigüedad en el Servicio, a Varios Servidores Públicos.

Fecha de disposición07 Enero 2019
Fecha de publicación14 Enero 2019
Número de registro3393359
Número de Decreto15-19
Número de Gaceta10928
EmisorMINISTERIO DE HACIENDA.
-113-
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DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los siete (7) días del mes de enero del año dos mil diecinueve (2019); año
175 de la Independencia y 156 de la Restauración.
DANILO MEDINA
Dec. núm. 15-19 que concede pensiones del Estado por antigüedad en el servicio, a
varios servidores públicos. G. O. No. 10928 del 14 de enero de 2019.
DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 15-19
VISTO: El artículo 57 de la Constitución de la República, proclamada el 13 de junio de
2015.
VISTA: La Ley núm. 379, del 11 de diciembre de 1981, sobre Pensiones y Jubilaciones
Civiles del Estado.
VISTO: El oficio núm. 3191, del 10 de septiembre de 2018, dirigido al presidente de la
República por el director general de Jubilaciones y Pensiones del Ministerio de Hacienda,
donde solicita las pensiones por antigüedad en el servicio y discapacidad, y aumento a las
pensiones de varios servidores públicos.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTÍCULO 1. Se concede el beneficio de la jubilación y se asigna una pensión del Estado
dominicano por antigüedad en el servicio a los siguientes servidores públicos:
1. Adaliza Dolores López, cédula de identidad y electoral núm. 071-0034251-3, por un
monto de treinta y dos mil setecientos cuatro pesos dominicanos con 76/100
(RD$32,704.76) mensuales.
2. Aida Mercedes Suriel, cédula de identidad y electoral núm. 090-0012238-3, por un
monto de treinta y cinco mil quinientos ochenta y nueve pesos dominicanos con
40/100 (RD$35,589.40) mensuales.

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