Decreto Nº 161-20. Decreto que Mantiene Vigentes las Medidas de Distanciamiento Social Adoptadas por el Poder Ejecutivo desde el 17 de Marzo del Presente Año, Incluyendo las que Ha Implementado la Comisión de Alto Nivel para la Prevención y Control del Coronavirus. Extiende el Toque de Queda de 7:00 P.M. a 5:00 A.M., de Lunes a Sábado y de 5:00 P.M. a 5:00 A.M. los Domingos.

Fecha de disposición17 Mayo 2020
Número de Decreto161-20
Fecha de publicación02 Junio 2020
Número de registro3395830
Número de Gaceta10976
EmisorMINISTERIO DE INTERIOR Y POLICIA.
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Dec. No. 161-20 que mantiene vigentes las medidas de distanciamiento social adoptadas
por el Poder Ejecutivo desde el 17 de marzo del presente año, incluyendo las que ha
implementado la Comisión de Alto Nivel para la Prevención y Control del Coronavirus.
Extiende el toque de queda de 7:00 p.m. a 5:00 a.m., de lunes a sábado y de 5:00 p.m. a
5:00 a.m. los domingos. G. O. No. 10976 del 2 de junio de 2020.
DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 161-20
CONSIDERANDO: Que aún se mantienen las circunstancias que dieron lugar a la adopción
de las medidas de distanciamiento social para evitar contagios, desplazamientos y
aglomeraciones de personas con miras a reducir drásticamente la expansión del COVID-19.
CONSIDERANDO: Que es necesario seguir aplicando las medidas de distanciamiento
social al tiempo que, desde el Gobierno, en coordinación con los sectores productivos, se
preparan las condiciones para poner en práctica una desescalada gradual de las restricciones
en el ámbito económico de cara a lograr una normalización progresiva de la economía
dominicana.
CONSIDERANDO: Que esa flexibilización incremental de las medidas económicas debe
hacerse de modo tal que no produzca un aumento súbito y descontrolado de los casos de
contagio que pueda desbordar la capacidad del sistema sanitario en detrimento de la salud y
la vida de los dominicanos, por lo que será necesario mantener las medidas de
distanciamiento social para lograr una transición exitosa hacia la normalización de la vida
económica y social del país.
CONSIDERANDO: Que mediante el Decreto núm. 160-20, del 17 de mayo de 2020, el
presidente de la República prorrogó el estado de emergencia por quince (15) días contados a
partir del 18 de mayo de 2020 en virtud de la autorización dada por el Con greso Nacional a
través de la Resolución núm. 65-20 del 15 de mayo de 2020.
VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 13 de junio de 2015.
VISTO: El Decreto núm. 135-20, del 20 de marzo de 2020, que establece un toque de queda
en todo el territorio nacional por un plazo de quince (15) días.
VISTO: El Decreto núm. 136-20, del 23 de marzo de 2020, que modifica el artículo 2 del
Decreto núm. 135-20 del 20 de marzo de 2020.
VISTO: El Decreto núm. 138-20, del 26 de marzo de 2020, que modifica el artículo 1 del
Decreto núm. 135-20 del 20 de marzo de 2020.

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