Decreto Nº 1664. Decreto que Aprueba la Tarifa de Salario Minimo que Debe Pagarse a los Enseronadores, Empacadores y Jornaleros de Tabaco y a los Jornaleros de Almacenes en las Provincias de Santiago, Duarte, la Vega y Espaillat.

Fecha de disposición05 Mayo 1942
Número de Decreto1664
Fecha de publicación01 Enero 1942
Número de registro3271284
Número de Gaceta5746
COLECCION
DE
LEYES,
DECRETQS
&.-1904
29%
Vista la atribucih
236
del articulo
51
de
la
Constituci6n
y
dc acuerdo con el parecer del Consejo dc Secretarios de
Es-
taao,
RESUELVO:
Se
coiicede salvo-conducto para que
pueda
regresar
a1
pais,
a1
Ciudadano Angel
MJ
Du-Breil, debiendo efectuar su entrada
yor
el
puerto de
esta
Capita!.
El
Ciudad2no Ministro
de
lo
Interior.
y
F'olicia queda en-
cargdo de comunicar la prescnte Resolucih.
Dada en el Palacio Xacioiial dl3 Smto Domingo, Capital de
la
Republica,
B
10s
4
dias del mes de Junio dc
1904;
aiio
619
de
la
Independencia.
y
41~
dc la Restauracidn.
MORALES
L.
Refrendada
:
El Ministro de
lo
lnterior
y
Policfa,--XI;guel
Rdrendada
:
E!
Evfiiiistro de Rctaciones Exteriorcs,--Juan
A.
RomAn, hijo.
Francisco Sancha.
Num. 4416.-DECRETO del
G.
P.
mediant'a
el
cual se deroga
el
de fecha
25
de Abril que decIara bloqueado el
puerto
de
Mon-
te
Grist>-.-G.
0.
Ntim. 1545 del
11
de Jugio
1904.
CARLOS
F.
MORALES
L.,
Presidente del Gobierno Provisional
(le
la
Reptiblica.
Atendiendo:
B
que han cesado
las
causas
que
motivaron
e1
Oido
el
parectr
del
Consejo
de
Secretarios de Estado,
blcqueo de! puerto de
Mont*:
Crisly;
DECRETO
:
Uilico:
Queda dcrogado
el
Decreto
dile,
fecha
25 de
Abril
pr6xirno
pasado
por
ci
cml
se
dec.1ar6
bloqucado
el
puerto
de
Monte Cristy.
Dado
en
el Palacio
Nacional
de
Santo Domingo, Capital

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