Decreto Nº 167-13. Decreto que Declara de Emergencia Nacional el Aumento de la Capacidad de Generacion Electrica de Bajo Costo en la Republica Dominicana. Deroga los Decretos Nos. 894-09, 358-10 y 143-11.

Fecha de disposición21 Junio 2013
Número de Decreto167-13
Fecha de publicación01 Enero 2013
Número de registro3370208
Número de Gaceta10717
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Dec. No. 167-13 que declara de emergencia nacional el aumento de la capacidad de
generación eléctrica de bajo costo en la República Dominicana. Deroga los decretos
Nos. 894-09, 358-10 y 143-11. G. O. No. 10717 del 25 de junio de 2013.
DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 167-13
CONSIDERANDO: Que el sistema eléctrico de la República Dominicana se encuentra en
una situación de crisis ya prolongada, que se refleja en un creciente déficit del suministro
de electricidad que afecta gravemente a todos los sectores productivos del país y la vida
cotidiana de los ciudadanos, además, de comprometer recursos del Estado que se requieren
sean destinados a demandas sociales inaplazables.
CONSIDERANDO: Que el suministro de energía eléctrica es un servicio de utilidad
pública y componente esencial y prioritario para el desarrollo de todos los sectores del país;
por lo que es responsabilidad del Estado dominicano garantizar la oportuna oferta de
electricidad que requiere el desarrollo de la República, en condiciones adecuadas de
calidad, seguridad y continuidad.
CONSIDERANDO: Que los estudios e informes preparados por la Corporación
Dominicana de Empresas Eléctricas Estatales (CDEEE), la Comisión Nacional de Energía
(CNE) y el Organismo Coordinador del Sistema Eléctrico Nacional Interconectado de la
República Dominicana, a través de técnicos especialistas en la materia, coinciden en
plantear la necesidad de fortalecer la oferta eléctrica mediante nuevas inversiones en la
generación de energía de bajo costo.
CONSIDERANDO: Que de los informes presentados se concluye que el déficit de
generación de electricidad, de no atenderse de forma inmediata, alcanzaría a 2,887 MW
para el 2016, lo que podría significar un colapso total del sistema.
CONSIDERANDO: Que no obstante los esfuerzos realizados por las autoridades del
sector y de las reglas y los procedimientos establecidos por las regulaciones vigentes, a los
fines de viabilizar la inversión privada en la instalación de nuevas plantas que generan
electricidad a costo razonables, provocada por el constante incremento de la demanda
nacional de electricidad y el alto costo de la matriz de combustible del parque de la
generación nacional, los nuevos proyectos que se han instalado en los últimos años resultan
insuficientes para paliar el creciente déficit de generación.
CONSIDERANDO: Que frente a la carencia de inversión privada para satisfacer la
generación de energía de bajo costo o por lo menos frenar un colapso inminente del
sistema, a corto plazo, el Estado dominicano debe intervenir en la expansión del parque de
generación de electricidad mediante la construcción, adquisición y puesta en servicios de

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