Decreto Nº 169-08. Decreto que Exonera de Impuestos a las Aeronaves Privadas, Nacionales O Extranjeras, Con Peso No Menor de 30,000 Libras, Con Capacidad Maxima de 12 Pasajeros, Asi como Sus Pasajeros Transportados, Con Motivo de su Entrada y Salida por los Aeropuestos Internacionales Privados O Concesionados

Número de Decreto169-08
Fecha de publicación01 Enero 2008
Fecha de disposición24 Marzo 2008
Número de registro3348978
Número de Gaceta10462
EmisorMINISTERIO DE HACIENDA.
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PARRAFO I. Los certificados elaborados pro la Comision Nacional Electoral serin
diseiiados diferentes para cada eleccion
y
se entregaran personalmente el dia de la
proclarnacion de 10s candidatos electos.
PARRAFO 11. Ningh candidato electo podra aspirar a ser electo en la misma posicion en
las siguientes elecciones, aun fuera en candidatura contraria.
DADO en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, capital de la Republica
Dorninicana, a 10s veinticuatro (24) dias del mes de marzo de dos mil ocho (ZOOS);
aiios
165 de la Independencia
y
145 de la Restauracion.
LEONEL FERNANDEZ
Dec. No. 169-08 que exonera de impuestos a las aeronaves privadas, nacionales
o
extranjeras, con peso no menor de
30,000
libras, con capacidad maxima de 12
pasajeros, asi como
sus
pasajeros transportados, con motivo de
su
entrada
y
salida
por 10s aeropuertos internacionales privados
o
concesionados.
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la Republica Dorninicana
NUMERO: 169-08
CONSIDERANDO: Que la Republica Dorninicana ocupa en el Continente Americano,
una posicion estrategica para el transit0 aereo intemacional comercial
y
privado, atractiva
como destino turistico.
CONSIDERANDO: Que el transporte aereo es el principal medio utilizado por el sector
turistico que ingresa a1 territorio dominicano, por lo que debe promoverse
su
desarrollo
y
extenderse a todas las areas en que incide, siendo la aviacion general un importante nicho
que debe ser explotado para atraer a 10s viajeros turisticos, ejecutivos
y
de negocios que
hacen
us0
de aeronaves privadas, ofertando seguridad, eficiencia
y
servicios de calidad
mundial.
CONSIDERANDO: Que en vista de que el turismo de alto consumo
y
10s viajeros de
negocios, sectores ambos usuarios de las aeronaves privadas
y
deportivas, se estan
enfocando hacia el Caribe, es interes del Estado ofrecer 10s incentivos necesarios a fin de
fomentar el desarrollo de estos importantes sectores, especiales
y
determinantes promotores
de la inversion extranjera, haciendo mas atractivo
y
expedito el
us0
de 10s aeropuertos
dominicanos, en relacion con 10s demas aeropuertos del Caribe.

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