Decreto Nº 1799. Decreto que Concede el Beneficio de la Incorporacion a Varias Asociaciones del Pais

Fecha de disposición14 Febrero 1984
Número de Decreto1799
Fecha de publicación01 Enero 1984
Número de registro3293340
Número de Gaceta9631
EmisorMUSEO NACIONAL DE HISTORIA NATURAL (MNHN).
-146-
-
NToMS-ao
Mons.
Elise0
Phz
Shchez,
.
Primer Vicepresidente Miembro
Antonio
Imbert
Barren
Miembro Luis
Mama
Ti&
Miembro
Jos6
Fernhndez Caminero,
Miembro
RAFAEL
F.
BONNELLY
Presidente de la Repfiblica Dominicana
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el articulo
119 (transitorio) de la Constituci6n de la Rephblica;
PROMULGO la presente
Ley
y
mando que sea publicada en
la Gaceta Oficial
y
en un peri6dico de amplia circulaci6n en
todo el territorio nacional, para su conocimiento
y
cumplimiento.
DADA Por el Consejo de Estado, en el Palacio Nacional,
Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la Repfiblica
Dominicana, a 10s once dias del mes de octubre del mil
novecientos sesenta
y
dos, aAos 119no. de la Independencia
y
100mo. de la Restauracih.
RAFAEL
F.
BONNELLY
ley
No.6076,
que
condonr todor
lor
mrrgor
(I
prer
por
lot
mentes
en
falta,
en
virtud
de
Ir
derogrdr
ley
No.124, dJ 14 de novimbm de 1942.
EL CONSEJO DE ESTADO
En Nombre de la Rephblica
NUMERO
6076
CONSIDERANDO
que
un
gran
nfimero de
deudores del Estado
por
el
us0
de
las
aguas
y
QU~

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