Decreto Nº 182-22. Que modifica los decretos números 78-16 y 326-16. dispone que el nombre del parque industrial y zona franca santo domingo (nigua), se lea parque industrial nigua, ubicado en san gregorio de nigua, provincia san cristóbal, en una extensión de terreno de 329,587.80 metros cuadrados.

Fecha de disposición08 Abril 2022
Número de Decreto182-22
Fecha de publicación27 Abril 2022
Número de Gaceta11064
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que el interesado haya tramitado su solicitud de inclusión a la nómina de pensionados. El
pago de la pensión se considerará efectivo y con derecho a pago retroactivo luego de
cumplido dicho plazo.
ARTÍCULO 6. La presente disposición aplica para todas las pensiones que no hayan sido
puestas en vigor, así como las que en lo adelante sean concedidas.
ARTÍCULO 7. Envíese al Ministerio de Hacienda y a la Dirección General de Jubilaciones
y Pensiones a cargo del Estado, para su conocimiento y ejecución.
DADO en de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los ocho (8) días del mes de abril del año dos mil veintidós (2022), año 179
de la Independencia y 159 de la Restauración.
LUIS ABINADER
Dec. núm. 182-22 que modifica los decretos números 78-16 y 326-16. Dispone que el
nombre del Parque Industrial y Zona Franca Santo Domingo (Nigua), se lea Parque
Industrial Nigua, ubicado en San Gregorio de Nigua, provincia San Cristóbal, en una
extensión de terreno de 329,587.80 metros cuadrados. G. O. No. 11064 del 27 de abril
de 2022.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 182-22
CONSIDERANDO: Que el establecimiento de las zonas francas de exportación en
diferentes lugares del país, así como la ampliación de las existentes, ha contribuido
eficazmente a la rehabilitación de la economía de las demarcaciones donde funcionan.
CONSIDERANDO: Que mediante el Decreto núm. 598-87, del 28 de noviembre de 1987,
el Poder Ejecutivo autorizó a la empresa Parque Industrial y Zona Franca Santo Domingo, S.
A., a desarrollar y operar la Zona Franca Industrial Nigua, en el municipio Haina, provincia
San Cristóbal, República Dominicana.
CONSIDERANDO: Que mediante el Decreto núm. 114-89, del 20 de marzo de 1989, fue
modificado el artículo 4 del Decreto núm. 598-87, del 28 de noviembre de 1987, en el cual
se estableció que la Zona Franca Industrial Nigua funcionaría en los terrenos propiedad de la
empresa ubicados dentro del ámbito de las parcelas números 100, 183 y 192 del distrito
catastral núm. 10, Haina, provincia San Cristóbal, República Dominicana.

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