Decreto Nº 187-14. Decreto que Dicta el Reglamento de Aplicacion de la Ley No. 140-13, que Establece el Sistema Nacional de Atencion a Emergencias y Seguridad 9-1-1 (sistema 9-1-1).

Fecha de publicación01 Enero 2014
Fecha de disposición30 Mayo 2014
Número de registro3371920
Número de Decreto187-14
Número de Gaceta10759
EmisorCORPORACION DOMINICANA DE EMPRESAS ELECTRICAS ESTATALES (CDEEE).
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Dec. No. 187-14 que dicta el Reglamento de Aplicación de la Ley No. 140-13, que
establece el Sistema Nacional de Atención a Emergencias y Seguridad 9-1-1 (Sistema
9-1-1). G. O. No. 10759 del 6 de junio de 2014.
DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 187-14
CONSIDERANDO: Que constituye una política pública de alto interés nacional la puesta
en vigencia progresiva del Sistema Nacional de Atención a Emergencias y Seguridad 9-1-1.
CONSIDERANDO: Que se precisa de una reglamentación detallada y flexible con el
doble propósito de permitir a las instituciones públicas asociadas a las emergencias
coordinar de manera efectiva sus acciones de respuesta para solucionar cualquier incidente
que reporten las personas y, a la vez, resguardar los derechos fundamentales de las
personas involucradas en tales incidentes.
CONSIDERANDO: Que hay aspectos esenciales del funcionamiento del Sistema
Nacional de Atención a Emergencias y Seguridad 9-1-1 en los que se amerita definir los
criterios para que los responsables puedan tomar decisiones cuando se contrapongan los
derechos de las personas a algún interés público preponderante.
CONSIDERANDO: Que el Estado dominicano requiere de un marco jurídico adecuado
que integre y regule la gestión estratégica, así como el seguimiento y el control de manera
unificada de respuestas a incidentes de seguridad y emergencias a través de un sistema
coordinado para dar atención efectiva, apoyado en organismos e instituciones públicas o
privadas, integradas a una estructura de comunicación y a un centro de contacto.
CONSIDERANDO: Que la adecuación de la plataforma tecnológica de las empresas
prestadoras de servicios de telecomunicaciones es imprescindible para una adecuada puesta
en marcha del SISTEMA 9-1-1, en los plazos y en las condiciones previstos en la Ley
No.140-13, del 25 de septiembre de 2013, que establece el Sistema Nacional de Atención a
Emergencias y Seguridad 9-1-1, por lo cual se hace necesario que se establezcan las pautas,
los compromisos y las directrices con que las referidas empresas deberán realizar dicha
adecuación.
VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 26 de enero de 2010.
VISTA: La Ley No. 22, del 27 de septiembre del 1965, que pasa la Policía Nacional a la
dependencia del Ministerio de lo Interior y dispone que, en lo adelante, los Ministerios de
lo Interior, de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional, se denominen Ministerios de
Interior y Policía, y de las Fuerzas Armadas, respectivamente, y dicta otras disposiciones.

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