Decreto Nº 187-18. Decreto que Concede el Beneficio de la Incorporación a Varias Asociaciones Cooperativas.

Fecha de disposición18 Mayo 2018
Número de Decreto187-18
Fecha de publicación18 Mayo 2018
Número de registro3388934
Número de Gaceta10910
EmisorINSTITUTO DE DESARROLLO Y CREDITO COOPERATIVO (IDECOOP).
-107-
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Dec. No. 187-18 que concede el beneficio de la incorporación a varias asociaciones
cooperativas. G. O. No. 10910 del 18 de mayo de 2018.
DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 187-18
VISTA: La Ley núm. 127, sobre Asociaciones Cooperativas, del 27 de enero de 1964.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorros,
Créditos y Servicios Múltiples (COOP-CDD), con su asiento principal en la Avenida Isabel
Aguiar esquina Avenida Las Palmas, Plaza Isabel Aguiar, Edificio B-2, Local B-3, 3er.
Nivel, Santo Domingo Oeste, República Dominicana y cuyos estatutos fueron aprobados en
asamblea general constitutiva celebrada el veintidós (22) de abril de dos mil diecisiete
(2017).
Artículo 2. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorros
Créditos, y Servicios Múltiples Dominicana (COOPADOM), con su asiento principal en la
calle Emilio León Jiménez Esquina calle Estado de Israel, Plaza El Pino I, Modulo núm.
13, provincia Santiago, República Dominicana, y cuyos estatutos fueron aprobados en
asamblea general constitutiva celebrada el tres (03) de noviembre de dos mil diecisiete
(2017).
Artículo 3. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorros y
Créditos, Empresarios y Vinculados al Turismo de la República Dominicana
(COOPTUR/BTC,R.D.), con su asiento principal en la Avenida 27 de Febrero esquina
Avenida Winstón Churchill, Edificio Plaza Central, 2do. Nivel, Local A 204-b, Santo
Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana, y cuyos estatutos fueron aprobados en
asamblea general constitutiva celebrada el treinta (30) de septiembre de dos mil diecisiete
(2017).
Artículo 4. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria de
Servicios Múltiples Fundación en Progreso (COOPAFUPRO), con su asiento principal en
la calle Prolongación Santa Lucia número 64, sector Fundación, Barahona República
Dominicana, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea general constitutiva celebrada
el veinticinco (25) de febrero de dos mil dieciséis (2016).

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