Decreto Nº 190-20. Decreto que Concede el Beneficio de la Incorporación a Varias Asociaciones Cooperativas.

Fecha de disposición02 Junio 2020
Fecha de publicación15 Junio 2020
Número de registro3395880
Número de Decreto190-20
Número de Gaceta10977
EmisorINSTITUTO DE DESARROLLO Y CREDITO COOPERATIVO (IDECOOP).
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F) Licenciados/Licenciadas en Gestión Financiera y Auditoria Cédula de identidad
y electoral:
1) SELVA MARIA VARGAS DISLA 402-2188156-4
2) MARIA JOSE MARTE CORCINO 402-2412733-8
G) Licenciados/Licenciadas en Mercadotecnia Cédula de identidad
y electoral:
1) ZULHAY ESTHER MARGARIN DIEZ 001-1792397-9
2) JUANA NAROLIN MEJIA MEDINA 223-0047333-1
Artículo 4. Envíese a la Procuraduría General de la Republica, al Ministerio de Educación
Superior Ciencia y Tecnología, al Ministerio de Hacienda, al Colegio Dominicano de
Ingenieros, Arquitectos y Agrimensores y al Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social,
para su conocimiento y ejecución.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los dos (2) días del mes de junio del año dos mil veinte (2020); año 177 de la
Independencia y 157 de la Restauración.
DANILO MEDINA
Dec. No. 190-20 que concede el beneficio de la incorporación a varias asociaciones
cooperativas. G. O. No. 10977 del 15 de junio de 2020.
DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 190-20
VISTA: La Ley núm. 127, sobre Asociaciones Cooperativas, del 27 de enero de 1964.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorro, Créditos
y Servicios Múltiples Prospera (COOPPROSPERA), con su asiento en la calle Duarte

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