Decreto Nº 1905. Decreto que Nombra Al Señor Hector Santana, Subdirector Administrativo del Instituto Nacional de Aguas Potables y Alcantarrillados

Fecha de disposición28 Marzo 1984
Número de Decreto1905
Fecha de publicación01 Enero 1984
Número de registro3291260
Número de Gaceta9634
-313-
Decreto
No
2851
que
nombra
a1 Lie. Lehn
IIerreia
Gobernador Civil de
la
Provincia de Puerto P1ata.-
G.
0.
No
6299,
del
28
de Julio de
1945.
RAFAEL
LEONIDAS
TRUJILLO
MOLINA
Presidente
de
la
Republica
Dominicana
NUMERO
23,31.
'79
de
la
Constitucih
d"
la
Republica,
dicto
el siguiente
En ejszicio
d?
la atribuci6n que me confieie el articulo
DECR'ETO:
UNICO
.-
El
Licenciado
Leh Herrcra yc,eds nombrado
So'
ernador Civil
de
la Provincia
de
Puevto Plata.
D-4DO
eii
Cluclad
Trujillo, Distyito de Smto
Doningo,
Ca-
pital
It
la Republica Domin:cana,
a
lcs
veinticinco dias del mes
de julio del
afio
mil novecientos cuarenta
y
cinco,
aiios
1020
de
la
Independencis, 8Z3 de la Restauraci6n
y
169 de la Era
d?
Tr
ujillo.
RAFAEL
L.
TRUJILLO.
Dccreto
Nil
28;2,
reglamentando las disposicioiies
del
Articulo
2-1
de
la
Ley
Nil
637,
sobre Contiatos de Trabajo.-
G.
0.
NO
C299,
del
28
de Julio
de
1946.
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO
WOLINA
Presidente
de
11
Rep.jb!iea Domiriicana
NUMERO
2352,
En
us0
de la atribuci6n que
m?
confiere el aiticulo
43,
in-
cieo
30
de la Constitucih de
la
Reptiblica;
VISTAS
las disposiciones contenidas cn el ayticulo
24
de
la
Lry
NO
637
sobre
Contratos de Trabajo de fe-ha
1B
de
Ju-
nio de
1944,
DE*CRETO:
Art.
1
.-
Los
obreros
jue
trabajen
nn
tallcw. propiedad
c?e
10s
patroiios, debEran iecibir grdtuitarrente de
bstos
10s
6ti-
Ies,
instrumentos
v
materiales necesarios
para
cjecutar el tra-
bajo
convenido, excepto en
10s
casos
en que dichos obreros
se
hu'cieren comprometido por escrito
a
usar hcrramientas
pro-
pias.
Art.
2.-
Toda
convenc6n
oral
o
escrits concertada
lm-
ti*.
patrcnos
v
obrzros, en virtud de
la
cual se establezca el
alqui1.r cle fitiley e instrumentos
dn
trabajo. corstituirj una
viclacih
a
las
dispobiciones contenidas en el articulo
24,
na-
rrato
b)
Ie
la Ley
No
637,
pudiendo dar lugar
a
la terminacibn
del contrato de trabajo, con todas
las
consecu'ncias legalmen-
te
establecidas.
DADO
en
Ciudad Trujillo, Distrito
de
Santo Domingo,
Ca-

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