Decreto Nº 194-22. Que declara de utilidad pública varias porciones de terrenos para ser destinadas a la construcción de la presa de los ríos (guayubín) municipio san ignacio de sabaneta, provincia santiago rodríguez

Fecha de disposición18 Abril 2022
Número de Decreto194-22
Fecha de publicación09 Mayo 2022
Número de Gaceta11065
- 18 -
Taveras, titular de la cédula de identidad y electoral núm. 001-0135069-2, por un monto de
seis mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$6,000.00) mensuales.
ARTÍCULO 4. En caso de que los beneficiarios se encuentren disfrutando de una pensión
del Estado, estos podrán optar por la pensión que más le favorezca.
ARTÍCULO 5. Se dispone que el pago de toda pensión otorgada por el Poder Ejecutivo con
cargo al Fondo de pensiones y jubilaciones de la Ley de Presupuesto General del Estado,
tenga efectividad a partir de la fecha en que el beneficiario formalice su solicitud de inclusión
en la nómina de los Jubilados y Pensionados Civiles del Estado ante la Dirección General de
Jubilaciones y Pensiones a cargo del Estado del Ministerio de Hacienda.
PÁRRAFO. La Dirección General de Jubilaciones y Pensiones a cargo del Estado tendrá un
plazo de tres (3) meses para hacer efectivo el pago de las pensiones, contado a partir de que
el interesado haya tramitado su solicitud de inclusión a la nómina de pensionados. El pago
de la pensión se considerará efectivo y con derecho a pago retroactivo luego de cumplido
dicho plazo.
ARTÍCULO 6. Envíese al Ministerio de Hacienda y a la Dirección General de Jubilaciones
y Pensiones del Ministerio de Hacienda, para su conocimiento y ejecución.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los dieciocho (18) días del mes de abril del año dos mil veintidós (2022); año
179 de la Independencia y 159 de la Restauración.
LUIS ABINADER
Dec. núm. 194-22 que declara de utilidad pública varias porciones de terrenos para ser
destinadas a la construcción de la Presa de los Ríos (Guayubín) municipio San Ignacio
de Sabaneta, provincia Santiago Rodríguez. G. O. No. 11065 del 9 de abril de 2022.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 194-22
CONSIDERANDO: Que mediante el Decreto núm. 628-07, del 2 de noviembre de 2007,
emitido por el Poder Ejecutivo en cumplimiento de lo dispuesto por el párrafo núm. 1 del
artículo 138 de la Ley General de Electricidad, núm. 125-01, del 26 de julio de 2001, se
dispone la creación de la Empresa de Generación Hidroeléctrica Dominicana (EGEHID), de
propiedad estrictamente estatal, con personería jurídica, patrimonio propio y capacidad para
contraer obligaciones comerciales contractuales, según sus propios mecanismos de dirección
y control.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR