Decreto Nº 198-97. Decreto que Nombra Varios Funcionarios Judiciales en Distintos Municipios del Pais

Fecha de publicación01 Enero 1997
Número de registro3314886
Número de Decreto198-97
Fecha de disposición24 Abril 1997
Número de Gaceta9953
Art.
2g
El decreto del mismo, de fecha 19 de Octubre del
mismo afio, que ordena la emision de bonos del tesoro pGblico,
y
autoriza la recepcion de fianzas como garantia colateral de las
referidas emisiones, quedando por tanto canceladas desde aho-
ra dichas inscripciones,
y
libertadas de todo gravamen las pro-
piedades afectadas
.
Queda derogado el decreto de fecha
2
de Diciem-
bre del aiio pasado, que designa
y
traza reglas para la impresion
de
10s
bonos del tesoro publico,
a
que se refiere el decreto de
19
de Octubre de dicho afio.
Art.
49
Queda derogado el decreto de 19 de Diciembre,
que establece las Comisiones militares permanentes en las ca-
bezas de la Provincia,
y
el de la
alta
policia.
(1)
Art.
5"
Queda derogado el decreto de fecha
4
de Enero pr6-
ximo pasado, que establece una compafiia andnima con
la
deno-
minacion de Factoria Dorninicana,
con
ciertos privilegios
y
fran-
quicias
.
El presente decreto sera ejecutado desde el mo-
mento de
su
publicacion,
y
comer&
Q
cargo del Despacho de
la Gobernacion, Justicia etc
.
Dado en la Sala de sesiones en la ciudad de Santiago de 10s
Caballeros, a
10s
17 dias del mes de Febrero de 1865, 21 de
la
Independencia
y
29 de la Restauracion.-El Presidente, Benig-
no
F.
de Rojas.-La Comision de la Gobernacion, Justicia etc.
S
.
Poncerrate, Vicente Morel, Pedro Prud'hommne.-La Comi-
sion de
la
Guerra, Pedro A. Pimentel, Pedro Martinez.-La Co-
mision de Hacienda, Comercio
y
Relaciones Exteriores,
T.
s.
Heneken, Eusebio Pereyra
.
Art.
39
Art. 69
r)
NGm.
822.-DECRETO de
la
J.'
S.
G.
relativo
a1
canje de prisio-
neros de guerra.
Dios, Patria y Libertad.-Rep6blica
Dominicans.-La
Jun-
ta
Superior Gubernativa
.
Considerando:
19
Que por decreto presentado
5
las
Cor-
tes de
S.
M.
C.
por el actual Ministerio, en el mes de Enero
pr6ximo pasado, se declara derogado el decreto de anexion de
19 de Mayo de 1861.
~
(1)
V.
nGm. 809.
e

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