Decreto Nº 204-91. Decreto que Declara de Utilidad Publica e Interes Social la Adquisicion por el Estado Dominicano de una Porcion de Terreno en el Distrito Nacional para la Construccion de una Plaza para la Reubicacion de los Vendedores Ambulantes, en el Distrito Nacional

Fecha de disposición27 Mayo 1991
Número de Decreto204-91
Fecha de publicación01 Enero 1991
Número de registro3332315
Número de Gaceta9808
-37-
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo
55
de la
Constitucion de la Republica,
D ECRET
0:
Articulo 1.- Los Seiiores Lic. Juan Antonio Tueni, Dr. Jose Ivan Moore y
Dr. Fernando Gutierrez, quedan designados Presidente, Secretario y Tesorero,
respectivamente, de la Comision Hipica Nacional.
Articulo 2.- Queda derogado el Decreto No. 383-88 del 17 de agosto de
1988, y cualquier otro decreto que le sea contrario.
DADO en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la
Republica Dominicana, a 10s veintisiete (27) dias del mes de mayo del aiio mil novecientos
noventa y uno;
aiio
148O de la Independencia y 128O de la Restauracion.
Joaquin Balaguer
Dec. No.
204-91
que declara de utilidad publica e inter& social la adquisicion por el
Estado Dominicano de una porcion de terreno en el Distrito Nacional para la
construccion de una Plaza para la reubicacion de 10s vendedores ambulantes, en el
Distrito Nacional.
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la Republica Dominicana
NUMERO: 204-91
CONSIDERANDO que para la reubicacion de 10s vendedores ambulantes
que seran removidos de las diferentes calles y avenidas de la ciudad de Santo Domingo, en
cumplimiento del Decreto No. 161-91 del 24 de abril de 1991, es necesaria la adquisicion
por el Estado Dominicano de inmuebles propiedad de particulares;
VISTA La Ley No. 344, del 29 de julio de 1943 y
sus
modificaciones, sobre
Procedimiento de Expropiacion.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo
55
de la
Constitucion de la Republica,
D ECRET
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