Decreto Nº 218-16. Decreto que Concede el Beneficio de la Incorporación a Varias Asociaciones Cooperativas.

Fecha de disposición09 Septiembre 2016
Número de Decreto218-16
Fecha de publicación15 Septiembre 2016
Número de registro3379555
Número de Gaceta10857
EmisorINSTITUTO DE DESARROLLO Y CREDITO COOPERATIVO (IDECOOP).
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Artículo 10. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorro,
Crédito y Servicios Múltiples del Grupo Credigas (COOPCREDIGAS), con su asiento
principal en la Carretera Mella, kilometro 7 ½ , Cancino I, Santo Domingo Este,
República Dominicana, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea general
constitutiva celebrada el dieciocho (18) de octubre del dos mil catorce (2014).
Artículo 11. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y
Servicios Múltiples de Productores en Invernaderos del Cibao (COOPINVERNADEROS),
con su asiento principal en la Avenida Víctor Méndez Capellán No. 3, entrada Palo
Blanco, Jarabacoa, provincia La Vega, República Dominicana, y cuyos estatutos
fueron aprobados en asamblea general constitutiva celebrada el quince (15) de febrero
del dos mil catorce (2014).
Artículo 12. Envíese al Instituto de Desarrollo y Crédito Cooperativo (IDECOOP), para los
fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República
Dominicana, a los nueve ( 9 ) días del mes de septiembre del año dos mil dieciséis (2016);
años 173 de la Independencia y 154 de la Restauración.
DANILO MEDINA
Dec. No. 218-16 que concede el beneficio de la incorporación a varias asociaciones
cooperativas. G. O. 10857 del 15 de septiembre de 2016.
DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 218-16
VISTA: La Ley No.127, sobre Asociaciones Cooperativas, del 27 de enero de 1964.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente
D E C R E T O:
Artículo 1.- Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y
Servicios Múltiples San Juan Bautista(COOPSAJUBA), con su asiento principal en la
calle Altagracia No. 122, esquina Padres de la Patria, provincia Monte Plata,
República Dominicana, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea general
constitutiva celebrada el treinta y uno (31) de octubre del dos mil catorce (2014).

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