Decreto Nº 2249. Derogacion del Decreto No. 2208 en la Parte que Encarga Al Subsecretario de Estado del Tesoro y Comercio de Dicha Secretaria de Estado.

Fecha de disposición30 Marzo 1938
Número de Decreto2249
Fecha de publicación01 Enero 1938
Número de registro3272407
Número de Gaceta5152
-23%-
100.000
cinta para cajetillas de diez cigarrillos extram-
geros
;
50
.OOO
cintas para cajetillas de veinte cigarrillos extran-
geros, contramarcadas
exonerado,
con tinta ro ja
;
151)
.(OW
cintas para cajetillas de diez cigarrillos extrange-
ros,
contramarcadas
exonerado,
con tinta roja.
Art.
2.-
La
impresihn de estas especies timbradas se ha-
rB
en el mismo hrnafio, color
y
diseiio que las impresiones an-
t
eriores.
DADO
en Ciudad Trujillo, Capital de la RepGblica ,Domi-
nicana,
a
10s
veintinueve
dias
del mes de marzo del afio mil
novecientos treinta
y
ocho.
RAFAkL
L.
TRUJILLO.
Derogaioi6n
del
decreto
de
E&do
del
No.
2208
en
la
parte
que
enearga a1 Subswretarrio
Tesom
y
Camercio
die
dkh
Seeretaria
de
Estado.-
G.
0.
No.
5152,
del
2
.die
Abril
de
1938.
GENERALISIMO
RAFAEL
LEQNIDAS
TRUJILLO
MOLINA,
Presidente
de
la
Republica
1Dominicana.
BENEFACTOR
DE
LA PATRIA
XICNERO
2249.
En ejercicio
de
las
atribuciones
que
me confiere el articu-
lo
cuarenta
y
nueve
de
la Constitucih del Estado;
CONSIDERANDO
que
han cesado
10s
motivos
por
10s
CUSL-
les el Secretario de Estado del Tesoro y Comercio, seiior
Agus-
tin Aristy, se hallaba en disfrute de licencia,
DECRETO:
UNICi0,- Queda derogado mi Decreto
No.
2.208,
de fe-
c'ha
2
de marzo de
11938,
en la parte que encarga
a1
Subseere-
tario de Estado Licdo. Federico Llaverias de
la
Secretaria
de
Estado del
Tesoro
y
Comercio.
DADO en ICiudad Trujillo,
Capital
de
la
Repiiblica
Domi-
nicana, a
10s
treinta dias del mes de marzo del afio
mil
nove-
cientos treinta
y
ocho.
RAFAEL
L.
TRUJCILLO.

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