Decreto Nº 231-22. Que excluye de la expropiación efectuada mediante el decreto núm. 3852 del año 1973, una porción de terreno con una superficie 252.90 metros cuadrados, dentro de la parcela 400448158514, d.c 18, santo domingo norte, propiedad de roberto domínguez pérez y francia elena tejeda de pérez, la cual sería destinada a la construcción de un edificio escolar en santa cruz, villa mella.

Fecha de disposición09 Mayo 2022
Número de Decreto231-22
Fecha de publicación09 Mayo 2022
Número de Gaceta11065
- 93 -
DECRETO:
ARTÍCULO 1. Carlos Alberto Brito Guzmán queda designado tercer secretario en la
Embajada de la República Dominicana en los Estados Unidos de América.
ARTÍCULO 2. Envíese al Ministerio de Relaciones Exteriores, para su conocimiento y
ejecución.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la
República Dominicana, a los nueve (9) días del mes de mayo del año dos mil veintidós
(2022); año 179 de la Independencia y 159 de la Restauración.
LUIS ABINADER
Dec. núm. 231-22 que excluye de la expropiación efectuada mediante el Decreto núm.
3852 del año 1973, una porción de terreno con una superficie 252.90 metros cuadrados,
dentro de la parcela 400448158514, D.C 18, Santo Domingo Norte, propiedad de
Roberto Domínguez Pérez y Francia Elena Tejeda de Pérez, la cual sería destinada a la
construcción de un edificio escolar en Santa Cruz, Villa Mella. G. O. No. 11065 del 9 de
abril de 2022.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 231-22
VISTO: El Decreto núm. 3852, del 6 de septiembre de 1973, que declaró de utilidad pública
e interés social, por parte del Estado dominicano, una porción de terreno con una extensión
superficial de 6,288.63 m2 dentro de la parcela núm. 5-A-Ref.-B-l, D. C. núm. 3, para ser
destinada a la construcción de un edificio escolar en el poblado Santa Cruz, sección Villa
Mella, Distrito Nacional.
VISTA: La Ley núm. 344, y sus modificaciones, sobre Procedimiento de Expropiación, del
29 de julio de 1943.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente
DECRETO:

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