Decreto Nº 234-99. Decreto que Otorga Exequatur a Varios Profesionales.

Fecha de disposición13 Mayo 1999
Número de Decreto234-99
Fecha de publicación15 Mayo 1999
Número de registro3334715
Número de Gaceta10013
-164-
Articulo
5
-
Se autoriza a la compaiiia Orrisdale Enterprises Corp.,
sociedad comercial organizada de conformidad con las leyes de Las Islas Virgenes
Britanicas, con
su
domicilio en Arias
&
Fabrega Trust Co. BVI Limited, Wickhams Cay,
Road Town, Tortola, Islas Virgenes Britanicas, a fijar domicilio en la Republica
Dominicana.
Articulo 6.- Se autoriza a la compaiiia Central Pacific Investment Group
Inc., sociedad comercial organizada de conformidad con las leyes de la Republica de
Panama, con
su
domicilio en Avenida Samuel Lewis, Edificio Omega, tercer piso, oficina
3b, de la ciudad de Panama Republica de Panama, a fijar domicilio en la Republica
Dominicana.
Dado en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la
Republica Dominicana, a 10s trece (13) dias del mes de mayo del aiio mil novecientos
noventa y nueve, aiios 156 de la Independencia y 136 de la Restauracion.
Leone1 Fernandez
Dec. No. 234-99 que otorga exequatur a varios profesionales.
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la Republica Dominicana
NUMERO: 234-99
VISTA la Ley sobre Exequatur de Profesionales No. 111, de fecha 3 de
noviembre de 1942,y
sus
modificaciones;
VISTA la Ley sobre Organizacion Judicial No. 821, de fecha 21 de
noviembre de 1927, y
sus
modificaciones;
VISTA la Ley del Notariado No. 301, de fecha 18 de junio de 1964 y
sus
modificaciones;-
VISTA la Ley sobre Contadores Publicos Autorizados No. 633, de fecha 13
de junio y
sus
modificaciones;
VISTA la Ley sobre Pasantia de Medicos Recien Graduados No. 146, de
fecha 11 de Mayo de 1967, y
sus
modificaciones;
-165-
VISTA
la Ley sobre Pasantia de Medicos Recien Graduados No. 146, de
fecha 11 de Mayo de 1967, y
sus
modificaciones; el Reglamento que determina las
funciones del Departamento de Drogas y Farmacias de la Secretaria de Estado de Salud
Publica y Asistencia Social No. 148-98, de fecha 29 de abril de 1998, y
VISTA
la Ley No. 4541, del 22 de septiembre de 1956, que modifica el
parrafo de Articulo de la Ley No. 4249, del 13 de agosto de 1955 y
sus
modificaciones, que
hace obligatoria la Pasantia Profesional de 10s Ingenieros, Arquitectos y Agrimensores.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la
Constitucihn de la Republica, dicto el siguiente
DECRETO:
Articulo
1.-
Se otorga exequatur a las personas seiialadas a continuacihn,
para que puedan ejercer en todo el territorio de la Republica,
sus
respectivas profesiones,
de conformidad con las leyes y reglamentos vigentes.
ABOGADO:
RAFAEL DE LA CRUZ MEDINA
DAISY NURYS HERNANDEZ RODRIGUEZ
ANTONIO LUCIAN0 FIRPO ZENON
LUDDY CELESTE GARCIA PEREZ
JOSE CALASANZ MOREL
SOBEIDA ALTAGRACIA DIM DE JESUS
ZOILA ESPERANZA PEREZ PEREZ
ANGEL GREGORIO PEREZ MINYETTY
ROSA ANTONIA LEMOS
ANA MARIA LEDESMA
MERCEDES MARINA PEREZ PEREZ
GUILLERMO OSVALDO PERA DE LA CRUZ
RAFAEL AVILES CARRIL
EVELYN MIRTHA TACTUK LOGRORO

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