Decreto Nº 239-92. Decreto que Atribuye Otras Facultades en Adicion a Sus Funciones a la Comision para el Estudio de las Propuestas de Inversion y Desarrollo de la Zona de Samana y Areas Aledañas, Creada Mediante Decreto N° 405-87 del 4 de Agosto de 1987.

Número de Decreto239-92
Fecha de publicación01 Enero 1992
Número de registro3332681
Fecha de disposición27 Julio 1992
Número de Gaceta9840
-30-
Articulo 2.- Enviese a la Secretaria de Estado de Relaciones Exteriores, para 10s
fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la Republica
Dorninicana, a 10s veintisiete (27) dias del mes de julio del aiio mil novecientos noventa y
dos; aiio 148O de la Independencia y 129O de la Restauracion.
JOAQUIN BALAGUER
Dec.
No. 239-92
que atribuye otras facultades en adicion a
sus
fimciones a la Comision
para el Estudio de las Propuestas de Inversion y Desarrollo de la Zona de Samana y
Areas Aledanas, creada mediante Decreto
No.405-87
del
4
de agosto de
1987.
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la Republica Dominicana
NUMERO: 239-92
CONSIDERANDO: Que es interes del Estado Dominicano, rescatar, rehabilitar y
reestablecer un crecimiento racional y armonico de la ciudad de Samana, acorde a la
excelsitud de
sus
caracteristicas naturales y a la importancia vital que reviste para el
desarrollo turistico del pais;
CONSIDERANDO: Que para tales propositos se hace necesario normalizar el
regimen de tenencia de la tierra dando cumplimiento a1 Decreto No.7, de fecha 26 del mes
de agosto del aiio 1974, asi como propiciar la participacion del sector privado en el plan de
desarrollo que debera ser implementado;
VISTOS la Ley No.344, de fecha 29 de julio de 1943 y
sus
modificaciones, sobre
Procedimiento de Expropiacion, el Decreto No.7 del 26 de agosto del aiio 1974, de
declaratoria de utilidad publica y el Decreto No.405-87, del 4 de agosto 1987 que integra la
Comision para el Estudio de las Propuestas de Inversion y Desarrollo de la Zona de Samana
y Areas Aledaiias.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la Constitucion de
la Republica,
D ECRET
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