Decreto Nº 242-12. Decreto que Crea una Zona Franca Industrial que Se Denominara Parque Zona Franca Tecnologica de Herrera, Ubicada en Herrera, Provincia Santo Domingo

Fecha de disposición12 Mayo 2012
Número de Decreto242-12
Fecha de publicación01 Enero 2012
Número de registro3368044
Número de Gaceta10673
EmisorCONSEJO NACIONAL DE ZONAS FRANCAS DE EXPORTACION (CONAZOFEX).
-85-
DADO en Santo Domingo de Guzmân, Distrito N acional, capital de la Repflblica
Dominicana, a los doce (12) dias del mes de mayo de dos mil doce (2012),. ahos l69 de la
lndependencia y l49 de la Restauraciôn.
LEONEL FERNANDEZ
Dec. N o. 242-12 que crea una zona franca industrial que se denominarâ Parque Zona
Franca Tecnol6gica de H errera, ubicada en H errera, provincia Santo D omingo. G . 0 .
N o. 10673 del 18 de m ayo de 2012.
LEONEL FE RNAN D EZ
Presidente de la R epéblica D ominicana
N UM ERO : 242-12
CONSIDERANDO: Que el establecimiento de las zonas francas de exportaciôn ha
contribuido eficazm ente a la rehabilitaciôn econômica de aquellas com unidades donde han
sido instaladas.
CONSIDERANDO: Que mediante Resoluciôn No.0l-l2-P, del Consejo Nacional de
Zonas Francas de Exportaciôn, del 26 de abril del aiïo 2012, dicho Consejo aprobô la
instalaciôn del Parque Zona Franca Tecnol6gica de H errera, a ser desarrollado y operado
por la com pahia STERIM AK, LTD ., la cual operarâ en la provincia Santo Dom ingo,
Repflblica Dom inicana.
CONSIDERANDO: Que el A14. l9, Acâpite 'a' de la Ley 8-90, que fomenta la instalaciôn
de nuevas zonas francas y el crecimiento de las existentes, faculta al Consejo Nacional de
Zonas Francas de Exportaciôn para conocer, evaluar y recomendar al Poder Ejecutivo, la
instalaciôn de nuevos parques industriales acogidos a los beneficios de dicha ley.
VISTA : El acta de la reuniôn celebrada en fecha 26 de abril del 2012, debidam ente
certificada por la Secretaria del Consejo Nacional de Zonas Francas de Exportaciôn, en
fecha 26 de abril del 2012.
VISTA : La Ley 8-90 del 15 de enero del aiïo 1990 y su reglam ento.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo l28 de la Constituciôn de la
Repflblica, dicto el siguiente

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