Decreto Nº 2430. Decreto que Otorga Exequatur de Ing. Civil Al Sr. Guaroa S. Henriquez Aybar

Fecha de disposición27 Mayo 1968
Número de Decreto2430
Fecha de publicación01 Enero 1968
Número de registro3321320
Número de Gaceta9099
411-
DADA
en la
Sa!a
de Sesi0n.s de
la
Chrnara
de Diputados,
en
Ciil,:ad
Truiil!o,
Distrito
de
Yanto
Domingo,
Capital
de
la
Rep6blica Dominicana,
a
10s
catorce dias
del
mes de octubre
del
aiio
mil
novecientos cuarenta
y
ocho;
aiios
103
de la Inde-
pendencia,
869
de
la
Restauracih
y
199
de
ia
Era de Trujillo.
El
Presidente,
Porfirio
Herrera.
Los
Secretxrios
:
Federico Kina hijo.
Blilady
Felix
de L’Official.
RAFAEL
LEONIDAS
TRUJILLO
MOLINA
Presidente de
la
RepribUca Dominicana
En
ejercicio
de
la atribuci6n.que me confiere el artfcula
49,
inciso
39
de la Constituoih de
la
Repfiblica;
PROMULGO la presente
Ley,
y
mando que
sea
publicada
en la Gaceta, Oficial para
su
conocimiento
y
cumplimiento.
DADA en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Ca-
pital de la Repriblka Dominicana,
a
10s
dieciseis dias del mes de
kctubre del
afio
mil novecientos cuarenta
y
who,
afios
1059
de
la Independencia,
869
de
la
Restauraci6n
y
199
de
la
Era
dz
Trujiilo.
,RAFAEL
i.
TRUJILLO.
Ley
No
1822
sobre
la
suatituci6n
de
10s
miembros
del
Minkterio
P6blico.-
G.
0.
NQ
6847,
del
u)
Qe
Octubre de
1948.
EL
CONGRESO
NACIONAL
En
Nombre
de
keWibUca
HA
DADO
LA
SIGUIENTE
LEX:
NUMERO
1SZ.
A#&.
1.-
El
Ministerio P6blico est4 representado en
la
Su-
prema
Cork
de
Justicia
por
el
Procurador General de
la
Re-
pGblica, en las Cortes
de
Apelacih
por
un Procurador General,
y en
10s
Juzgados de Primera Imtancia
por
10s
Pnrocuradoras
Fiscales,
o
por
10s
sustitutos que se desi-n
a
dichos
funcio-
narios, de acuerdo con
la
presente
ley.
Art.
2.-
Se
inviste con
la
calidad de sustitutos del
Pro-
curador General
de
la Rep6blica, de
10s
Procuradores Genera-
les
de
las
Cortes
de Apelacidn
y
de
10s
Procuradores Fiscales,
a
suus respectivos Abogados Ayudantes,
10s
cuales tenhiin las
atribuciones siguknbes
:
10-
Ejercer, de pleno derecho,
las
funciones del titular,
cuando
Bste
se encuentre imposibilitado temporal-
mente para actuar, por causa de enfennedad, hen-
cia
o
cualquier otro impedimento;
29-
Representar
a1
titular ante
el
tribunal en que
ejerce

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