Decreto Nº 265-04. Mediante el Cual el Poder Ejecutivo Otorga Facilidades a las Juntas de Vecinos, para que Puedan Ser Incorporadas, Segun la Ley No. 520 del 26 de Junio de 1920 y Puedan Gozar de los Mismos Beneficios que las Ong,s, y por Lo Tanto Ser Incluidas en el Presupuesto General de la Nacion del Año 2005.

Fecha de disposición31 Marzo 2004
Número de Decreto265-04
Fecha de publicación01 Enero 2004
Número de registro3343014
Número de Gaceta10272
EmisorDIRECCION GENERAL DE PRESUPUESTO.
-227-
ARTICULO 2.-
Esta autorizacion se extiende inclusive sin caracter
limitativo, a la contratacion de todo tip0 de servicios de tecnicos nacionales e
internacionales en todas las ramas de la navegacion aerea, asi como cubrir todos 10s
emolumentos y gastos que estos deban percibir por la prestacion de
sus
servicios,
pudiendo inclusive contratar por el tiempo que considere necesario con empresas
internacionales de amplia experiencia tecnica y solvencia moral, estos tipos de servicios
especializados, bajo 10s terminos y condiciones que garanticen a la Republica
Dorninicana, brindar 10s servicios de asistencia tecnica en la navegacion aerea,
indispensables para satisfacer las necesidades nacionales e internacionales y ofrecer a
toda la aviacion civil nacional e internacional, la seguridad de vuelo requerida para
asegurar que el flujo de pasajeros y turistas hacia y desde nuestro pais, no se vea afectado
por acciones
o
paros de sectores nacionales vinculados a este tip0 de labores y servicios
de ayuda a la navegacion aerea.
ARTICULO
3.-
Se instruye a1 Secretario de Estado de las Fuerzas
Armadas y a todos 10s organismos de seguridad del Estado, brindar toda la cooperacion
necesaria, que le solicite el Director General de Aeronautica Civil, para cumplir a
cabalidad el contenido del presente decreto.
DADO
en la ciudad de Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional,
Capital de la Republica Dorninicana, a 10s treintiun (31) dias del mes de marzo del aiio
dos mil cuatro (2004); aiios 161 de la Independencia y 141 de la Restauracion.
HIPOLITO MEJIA
Dec. No. 265-04 mediante el cual el Poder Ejecutivo otorga facilidades a las Juntas
de Vecinos, para que puedan ser incorporadas, segh la Ley No. 520 del 26 de julio
de 1920 y puedan gozar de 10s mismos beneficios que las ONG,s, y por lo tanto ser
incluidas en el Presupuesto General de la Nacion del ano 2005.
HIPOLITO MEJIA
Presidente de la Republica Dorninicana
NUMERO: 265-04
CONSIDERANDO:
La gran participacion dada por el Gobierno Central a
la sociedad civil en las ejecutorias de 10s planes, programas y proyectos en la lucha contra
la pobreza, y es interes del Gobierno involucrar a las organizaciones privadas sin fines de
lucro que respondan a las demandas de las grandes mayorias nacionales.
CONSIDERANDO:
Que estas asociaciones juegan un papel importante
en el desarrollo de una sociedad democratica y plural, a1 favorecer la realizacion de

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