Decreto Nº 268-17. Decreto que Concede el Beneficio de la Jubilación y Asigna Pensiones del Estado a Varios Personas.

Fecha de disposición11 Agosto 2017
Número de Decreto268-17
Fecha de publicación18 Agosto 2017
Número de registro3383434
Número de Gaceta10891
EmisorMINISTERIO DE HACIENDA.
-155-
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VISTA: La Ley núm. 66-97, General de Educación, del 9 de abril de 1997, y sus
modificaciones contenidas en la Ley núm. 451-08, del 15 de octubre de 2008.
VISTA: La Ley núm. 87-0l, del 9 de mayo de 2001, que crea el Sistema Dominicano de
Seguridad Social.
VISTO: El oficio núm. PR-IN-2017-19151, del 31 de julio de 2017, del Ministro
Administrativo de la Presidencia.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128 de la Constitución de la
República Dominicana, dicto el siguiente
D E C R E T O:
ARTÍCULO 1. Se eleva a la suma de cuarenta mil pesos dominicanos con 00/100
(RD$40,000.00) mensuales, la pensión asignada por el Estado dominicano a la señora
Nanci Altagracia Suriel Acosta, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral núm. 087-
0001180-5.
ARTÍCULO 2. Envíese al Ministerio de Educación y al Instituto Nacional de Bienestar
Magisterial (INABIMA), para la aplicación del presente decreto.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los once (11) días del mes de agosto del año dos mil diecisiete (2017), años
174 de la Independencia y 154 de la Restauración.
DANILO MEDINA
Dec. No. 268-17 que concede el beneficio de la jubilación y asigna pensiones del Estado
a varios personas. G. O. No. 10891 del 18 de agosto 2017.
DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 268-17
VISTO: El Artículo 57 de la Constitución de la República, proclamada el 13 de junio de
2015.

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