Decreto Nº 268-95. Decreto que Concede el Beneficio de la Jubilacion y Asigna Sendas Pensiones del Estado a Varios Servidores Publicos.

Fecha de disposición19 Noviembre 1995
Fecha de publicación01 Enero 1995
Número de registro3333709
Número de Decreto268-95
EmisorSECRETARIA DE ESTADO DE FINANZAS.
Número de Gaceta9915
-42
Articulo 3.- El Lic. Victor Garrido, queda designado Procurador Fiscal del
Distrito Judicial de San Cristobal, en sustitucion del Lic. Leoncio Alvarez.
Articulo
4.-
El Lic. Luis Fernando Espinal Martinez, queda designado
Procurador Fiscal del Distrito Judicial de San Francisco de Macoris, en sustitucion de la
Licda. Adalgisa M. Tejada.
Articulo 5.- El Dr. Luis Manuel Cedeiio Martinez, queda designado
Procurador Fiscal del Distrito Judicial de San Pedro de Macoris, en sustitucion del Dr.
Odalis Fernindez Casado.
Articulo 6.- El Lic. Gregorio Corder0 Medina, queda designado Procurador
Fiscal del Distrito Judicial de Samana, en sustitucion de la Licda. Socorro Baez de Barba.
Articulo
7.-
El Dr. Rafael August0 Acosta Gonzalez, queda designado
Procurador Fiscal del Distrito Judicial de Montecristy, en sustitucion del Dr. Juan de Dios
Jimenez Bourdier.
Articulo
8.-
El Dr. Aliro de Jesus Rodriguez, queda designado Abogado
Ayudante de la Procuraduria Fiscal del Distrito Judicial de San Cristobal, en sustitucion del
Dr. Ruben Alfred0 Carela Valenzuela.
Articulo 9.- La Licda. Sonia Dominguez, queda designada Registradora de
Titulos del Departamento de Santiago, en sustitucion de la Licda. Manuela Estevez.
DADO en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la
Republica Dorninicana, a 10s diecinueve (19) dias del mes de noviembre del aiio mil
novecientos noventa y cinco, aiio 152 de la Independencia y 133 de la Restauracion.
Joaquin Balaguer
Dec.
No.268-95
que concede el beneficio de la jubilacion
y
asigna sendas pensiones del
Estado a varios senidores publicos.
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la Republica Dominicana
NUMERO:268-95
VISTA la Ley No. 379, sobre Pensiones y Jubilaciones Civiles del Estado,
de fecha 11 de diciembre de 1981;
-43-
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la
D
ECRET
0:
Articulo
1.-
Se concede el beneficio de la Jubilacion
y
se asigna una
Pension del Estado a 10s siguientes Servidores Publicos:
1) MARIA ALTAGRACIA CAMARENA ABREU, con una pension del
Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales;
2) RAFAEL ALEJANDRO MOTA, con una pension del Estado de dos mil
cuatrocientos setenta
y
cuatro con 50/100 pesos or0 (RD$2,474.50), mensuales;
3) MANUEL ROSARIO, con una pension del Estado de mil catorce pesos
or0 (RD$1,014.00), mensuales;
4) EULOGIA DE JESUS VASQUEZ JIMINIAN, con una pension del
Estado de dos mil ochocientos ochenta
y
cuatro pesos or0 (RD$2,884.00), mensuales;
5) LIC. MARIA GEORGINA GUZMAN, con una pension del Estado de
cuatro mil setecientos ochenta
y
cuatro pesos or0 (RD$4,784.00), mensuales;
6)
LUISA MILADY MERCEDES DE LA CRUZ, con una pension del
Estado de mil ochocientos veinte
y
cinco pesos or0 (RD$1,825.00), mensuales;
7) LUIS FELIPE PEGUERO GUERRERO, con una pension del Estado de
dos mil pesos or0 (RD$2,000.00), mensuales;
8)
MARINO DE LA CRUZ GONZALEZ, con una pension del Estado de
mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales;
9)
GUSTAVO RAMON SABATER LAMA, con una pension del Estado de
tres mil veinte pesos or0 (RD$3,020.00), mensuales;
10) NIVEA SELENE BELLO JIMENEZ, con una pension del Estado de mil
ochocientos cuarenta
y
dos pesos or0 (RD$1,842.00), mensuales;
11) OCTAVIA ELIGIO BALBUENA, pension del Estado de mil catorce
pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales;
12) APOLINAR ACOSTA GUZMAN, con una pension del Estado de mil
doscientos cincuenta
y
tres pesos or0 (RD$1,253.00), mensuales;
-44-
13) MELIDO FERNANDEZ PERA, con una pension del Estado de mil
ciento setenta
y
cinco pesos or0 (RD$1,175.00), mensuales;
14) JUAN FELIZ MARTE, con una pension del Estado de mil catorce pesos
or0 (RD$1,014.00), mensuales;
15) ROGELIO PERDOMO, con una pension del Estado de mil catorce
pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales;
16) BELQUIS DAMARIS GONZALEZ, con una pension del Estado de mil
catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales;
17) SEBASTIAN REYNOSO, con una pension del Estado de mil catorce
pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales;
18) AIDA BERTHA LOZANO, con una pension del Estado de mil catorce
pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales;
19) ESMERALDA PERA, con una pension del Estado de mil catorce pesos
or0 (RD$1,014.00), mensuales;
20) FRANCISCO DE SALES, con una pension del Estado de mil
seiscientos cincuenta pesos or0 (RD$1,650.00), mensuales;
21) MARISOL LAMBOGLIA, con una pension del Estado de mil catorce
pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales;
22) MERCEDES ALT. MENDEZ RAMOS, con una pension del Estado de
mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales;
23) MARIO ANT. TAVAREZ, con una pension del Estado de mil ciento
quince pesos or0 (RD$1,115.00), mensuales;
24) GERONIMO BERROA, con una pension del Estado de mil catorce
pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales;
25) AMPARO ALT. ORTEGA, con una pension del Estado de mil catorce
pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales;
26) VICTORIA AMADA SUAZO, con una pension del Estado de mil
catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales;
27) SOCORRO VELOZ, con una pension del Estado de mil catorce pesos
or0 (RD$1,014.00), mensuales;

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