Decreto Nº 274-13. Decreto que Establece el Reglamento para el Sistema de VIDEO-VIGILANCIA y el Centro de Monitoreo de la Ciudad Colonial de Santo Domingo, Destino Turistico Cultural.

Fecha de disposición13 Septiembre 2013
Número de Decreto274-13
Fecha de publicación01 Enero 2013
Número de registro3370978
Número de Gaceta10729
EmisorBANCO DE RESERVAS DE LA REPUBLICA DOMINICANA (BR-RD).
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ARTÍCULO 18. Incorporación de Planes de Mejora. Las instituciones participantes
deberán desarrollar planes de mejora, en función de los resultados de la evaluación, de lo
cual, se deberá dejar constancia en el Informe de Autoevaluación Anual, que será remitido
al Ministerio de Administración Pública.
ARTÍCULO 19. Consecuencias del proceso. La Evaluación del Desempeño Institucional
se apoyará en un sistema de consecuencias que se aplicará a través del Ministerio de
Administración Pública a las instituciones, en base a sus resultados, a fin de fortalecer la
gestión institucional e impulsar la mejora continua de la Administración Pública.
PARRAFO: El Ministerio de Administración Pública, en coordinación con los demás
órganos rectores del sistema integral de evaluación del desempeño, elaborará y presentará a
la aprobación del Presidente de la República el sistema de consecuencias que aplicará a las
instituciones, en base a los resultados de sus evaluaciones.
ARTÍCULO 20. Presentación de informe. El Ministro de Administración Pública elevará
anualmente el Informe General de Evaluación de la Administración Pública, resultante a la
consideración del Consejo de Ministros, a los fines de valoración y recomendación de las
medidas consideradas pertinentes para superar las debilidades institucionales que pudieran
evidenciar dichos resultados.
ARTÍCULO 21. El presente Decreto deroga y sustituye el Decreto No. 423-12, del 9 de
agosto de 2012 y toda norma de igual o menor jerarquía, en cuanto le sea contraria.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, los trece (13) días del mes de septiembre del año dos mil trece (2013), años
170 de la Independencia y 151 de la Restauración.
DANILO MEDINA
Dec. No. 274-13 que establece el Reglamento para el Sistema de Video-Vigilancia y el
Centro de Monitoreo de la Ciudad Colonial de Santo Domingo, Destino Turístico
Cultural. G. O. No. 10729 del 25 de septiembre de 2013.
DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 274-13

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