Decreto Nº 2896. Decreto que Nombra Al General de Brigada, E.N. Gumersindo Batista Diaz, Inspector General de las Fuerzas Armadas.

Número de Decreto2896
Fecha de publicación01 Enero 1985
Fecha de disposición08 Abril 1985
Número de registro3329303
Número de Gaceta9659
10s
articulos
28
y
26
de la
Ley
de Organizacibn
Universitaria
NP
1335,
del
21
de octubre de
1937,
dicto
e1
siguiente
DECRETU:
UNIGO
.
-
El
Ingeniero
Jose
Octavio
Reyes
Jimenez
qu3-
da
nombrado
Catedrhtico Auxiliar
de
la
Facultad
de
Cienzias
Exactas
de
la Universidacl de
Sarnto
Dornimga.
D.4DO
en
Ciudad
Trujillo, Distrito de
Santa
Domingo,
Ca-
pital de la Repdblica Dorninicana,
a
10s
veinticuatro
dias
del
mes
de febrero
del
aiio
mil novecientos cincuenta,
afios
1065'
de la hdependencia,
879
de
la
Restauracidn
y
209
de
la
Era
de
Tru
j
illo.
TkAFAEL
L,
TRUJILLO.
-
Decreta
NO
6373
que
autoriza
a1 Ingenio
Sank
Fe,
Inc.,
a
colocar braceros
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO
MOLINA
Presideate
de
la
Rephblica
Dominiana
extranjeros.-
G.
0.
No
7089,
del
8
de
Marzo
de
19510.
i
NUMERO
63173.
VISTA
la instancia elevada a1 Poder Ejecutivo por el In-
genio Santa
Fe,
Inc., en fecha
13
de febrero de
1950,
por me-
diaci6n de la Secretaria de Estado del Trabajo, en la cual
SO-
licita se le autorice a colocar braceros extranjeros en exceso
de la proporci6n establecida en principio por la ley, en
10s
tra-
bajos agricolas correspondientes a la zafra de
1949-19150;
VISTAS
las disposiciones contenidas en el articulo
4
de la
Ley
No
51,
de fecha
23
de diciembre de
19318,
sobre Dominics-
nizacih del Trabajo;
y
En ejercicio de la atribucih que me confiere el articulo
49,
inciso
3O
de la Constitucih de
la
Repdblica, dieto el siguiente
DECRETO:
Art.
1.-
Se concede permiso valido
por
un
afio
a
contar
de la fecha del presente Decreto, a1 Ingenio Santa Fe, Inc., pa-
ra
que
pueda colocar braceros extranjeros en una proporci6n
de hasta
un
70%.
Art.
2.-
Los
braceros extranjeros que por este Decr?t>
se autoriza a colocar, deberan
sw
de a,quellos que ya
SQ
en-uen-
trea legalmente en el pais
y
deberan
ser
utilizados exclusiva-
mente, en labores agricolas.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Ca-
pital de
la
Rep~blica Dominicana,
a
10s
veinticuatro dias
del
mes de Sebrero del aiio
mil
novecientos cincuenta, aiios
10160
de la Lndependencia,
870
de la Restauraci6n
y
209
de
la
Era
de
Trujillo.
)RAFAEL
L.
TRUJILbQ?

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