Decreto Nº 291-94. Decreto que Otorga Exequatur a Varios Profesionales

Número de registro3333003
Fecha de publicación01 Enero 1994
Número de Decreto291-94
Fecha de disposición28 Septiembre 1994
Número de Gaceta9894
EmisorCONSEJO NACIONAL DE EDUCACION SUPERIOR, CIENCIA Y TECNOLOGIA (CONESCYT).
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recuadro de 124 x 110 mm., en el cual se obtendra la informacihn deseada, esta encabezada
por una frase en la cual se lee, llenese en letra de molde, inmediatamente se leera en el
siguiente orden: nombre completo, apellidos, nombres, fecha de nacimiento, dia, mes,
aiio,
sexo, M
o
F,
lugar de nacimiento, nacionalidad, ocupacihn, estado civil, 1) soltero, 2)
casado, 3) viudo
o
divorciado con
sus
casillas correspondientes para seiialar: direccihn
permanente, calle, numero, ciudad, Estado y pais, direccihn en la Republica Dorninicana,
calle numero, ciudad, alojamiento, hotel, privado, otro (especifique), motivo del viaje, 1)
recreo, 2) negocios, 3)
convencihn-conferencias,
4) estudios, 5) visitas a amigos/parientes,
puerto de embarque, numero de pasaporte, vuelo No., firma del turista y del inspector de
migracihn, debajo de la firma del turista se leera en la copia: Conservese para
su
salida, esta
seccihn termina con dos rayas. Inmediatamente se inicia la segunda seccihn dira en letras
grandes: Informacihn de salida y mas abajo a la izquierda puerto de desembarque, vuelo
No., inspector de migracihn, esta seccihn termina con dos rayas y mide 20x 1lOmm.
Debajo de las rayas y entre parentesis dira solo para
us0
oficial, mis abajo y a la izquierda
se leera: Observaciones, y luego tambien a la izquierda estada prevista noche y a la misma
altura y a la derecha TARJETA PERDIDA, esta seccihn mide 25 x 110mm. A1 dorso tendra
un aviso a1 turista. El texto de la tarjeta aparecera en espaiiol e ingles.
Articulo 2.- Se establece que las primeras 800,000 tarjetas para turistas, cuya
confeccihn estara a cargo de la Tesoreria Nacional, seran de color rosado, con letras negras
y llevaran en el centro en la parte superior el Escudo Nacional,, tramado y debajo del
Escudo en el centro serie 1994; constaran de un original y una copia; el original es para la
Direccihn General de Migracihn, debiendo el inspector observar que este completamente
llenada, la copia debera graparse a1 pasaporte.
Articulo 3.- Se encarga a la Direccihn General de Rentas Internas la
impresihn de las restantes 1,200,000 tarjetas para turistas, con formato identic0 a las
800,000 que estaran bajo la responsabilidad de la Tesoreria Nacional, las cuales seran de
color verde con las letras negras, de acuerdo a1 oficio no.20110 de fecha 20/9/94 de la
Presidencia de la Republica.
DADO en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la
Republica Dorninicana, a 10s veintiocho (28) dias del mes de septiembre del aiio mil
novecientos noventa y cuatro, aiio 15 1 de la Independencia y 132 de la Restauracihn.
Joaquin Balaguer
Dec.
No.291-94
que otorga exequatur a varios profesionales.
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la Republica Dorninicana
NUMERO: 291-94
-198-
VISTA la Ley sobre Exequatur de Profesionales No. 111, de fecha 3 de
noviembre de 1942,
y
sus
modificaciones;
VISTA la Ley sobre Organizacihn Judicial No. 821, de fecha 21 de
noviembre de 1927, y
sus
modificaciones;
VISTA la Ley del Notariado No. 301, de fecha 18 de junio de 1964 y
sus
modificaciones;
VISTA la Ley sobre Contadores Publicos Autorizados No. 633, de fecha 13
de junio de 1944, y
sus
modificaciones;
VISTA la Ley sobre Pasantia de Medicos Recien Graduados No. 146, de
fecha 11 de mayo de 1967, y
sus
modificaciones;
VISTO el Reglamento sobre Farmacias No.2525, de fecha 6 de marzo de
1957, y la Ley No. 37, del
7
de julio de 1942, sobre presentacihn de examen para el
ejercicio de las profesiones de Farmacia, Cirugia Dental, y
sus
respectivas modificaciones;
VISTA la Ley No. 4541, del 22 de septiembre de 1956, que modifica el
parrafo del articulo 6 de la Ley No. 4249, del 13 de agosto de 1955, que hace obligatoria la
Pasantia Profesional de 10s Ingenieros, Arquitectos y Agrimensores.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la
Constitucihn de la Republica,
D
ECRET
0:
Articulo 1.- Se otorga exequatur a las personas seiialadas a continuacihn,
para que puedan ejercer en todo el territorio de la Republica,
sus
respectivas profesiones, de
conformidad con las leyes y reglamentos vigentes.
ABOGADO:
FIORDALIZA DEL CARMEN VALDEZ ROSARIO, NECTOR JULIO
BAUTISTA PERA, FIORDALIZA ROSARIO FERNANDEZ, ROSARIO SAVIRON DE
LOS SANTOS, MARIA ALTAGRACIA CRUZ ROSARIO, ESTHER VERONICA
FERMIN LORA, VIRGINIA CELESTINA ALVAREZ TELLERIAS, YENY
ALEXANDRA FELIZ PEGUERO, FRANCISCA EDUVIGES HERASME MATOS,
JORGE LUIS PEREZ ALVARADO, CELESTINO BATISTA HERRERA, LUCRECIA
JULIA FRIAS AGRAMONTE, MARCIA ANTONIA RUIZ NUREZ, KATIA HILDA
SORIANO CASTRO, GILDA AMELIA JULIAN BATISTA, HENRY DE LA CRUZ
BAUTISTA, YOHANNY GONZALEZ MOREL, FRANCISCO GEOVANNI ACOSTA
LAZALA, EUNICE ALEXANDRA BAEZ SOTO, BUENAVENTURA SALAS

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