Decreto Nº 304-06. Decreto que Otorga Exequatur a Varios Profesionales.

Número de registro3343912
Fecha de publicación01 Enero 2006
Fecha de disposición17 Julio 2006
Número de Decreto304-06
Número de Gaceta10376
EmisorPROCURADORIA GENERAL DE LA REPUBLICA (PGR).
-104-
ARTICULO 3.
Se instruye a1 Instituto Nacional de Bienestar Magisterial
(INABIMA), realizar las coordinaciones y disposiciones administrativas correspondientes a
10s fines de aplicar las pensiones y jubilaciones del personal que figura en el presente
decreto.
ARTICULO 4.
Enviese a la Secretaria de Estado de Educacion y a1
Instituto Nacional de Bienestar Magisterial (INABIMA), para 10s fines correspondientes.
DADO
en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, capital de la
Republica Dorninicana, a 10s diecisiete (17) dias del mes de julio del aiio dos mil seis
(2006);
aiios
163 de la Independencia y 143 de la Restauracion.
LEONEL FERNANDEZ
Dec. No. 304-06 que otorga exequatur a varios profesionales.
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la Republica Dominicana
NUMERO: 304-06
VISTA
la Ley No. 11 1, de fecha 3 de noviembre del 1942, sobre Exequatur
de Profesionales, y
sus
modificaciones;
-105-
VISTA
la Ley No.821, de fecha 21 de noviembre del 1927, sobre
Organizacihn Judicial, y
sus
modificaciones;
VISTA
la Ley No.301, de fecha 18 de junio del 1964, sobre el Notariado, y
sus
modificaciones;
VISTA
la Ley No.633, de fecha 16 de junio del 1944, sobre Contadores
Publicos Autorizados, y
sus
modificaciones;
VISTA
la Ley No.146, de fecha 11 de mayo del 1967, sobre Pasantia de
Medicos Recien Graduados, y
sus
modificaciones;
VISTO
el Reglamento No.148-98, de fecha 29 de abril de 1998, que
determina las funciones del Departamento de Drogas y Farmacias de la Secretaria de
Estado de Salud Publica y Asistencia Social;
VISTA
la Ley No.4541, de fecha 22 de septiembre del 1956, que modifica
el Parrafo del Articulo 6 de la Ley No. 4249, de fecha 13 de agosto del 1955 y
sus
modificaciones, que hace obligatoria la Pasantia Profesional de 10s Ingenieros, Arquitectos
y Agrimensores.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la
Constitucihn de la Republica, dicto el siguiente
D
E
C
RE
T
0:
Articulo
1.
Se otorga exequatur a las personas seiialadas a continuacihn,
para que puedan ejercer, en todo el territorio de la Republica,
sus
respectivas profesiones,
de conformidad con las leyes y reglamentos vigentes:
ABOGADOS
Y
ABOGADAS:
1.
2.
3.
4.
5.
6.
7.
8.
9.
10,
JUAN ANTONIO GOMEZ MARTINEZ
GRACE ALEXANDRA VENTURA RONDON
LEONARD0 NATANAEL MARCANO DE LA ROSA
PEDRO VILORIO ROMERO
VLADIMIR JIMENEZ BATISTA
CELIA ELMA MENA
KEYLIN BAEZ MATOS
GABRIELA ABREU ARIAS
ANGEL RAMON RAFAEL TEJADA GERMAN
SOBEIDA NICAROLIS PERA PERA

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR