Decreto Nº 312-89. Decreto que Modifica el Articulo 46 del Primer Reglamento para la Aplicacion del Impuesto sobre la Renta No. 8895 del 28 de Noviembre de 1962

Fecha de publicación01 Enero 1989
Fecha de disposición19 Agosto 1989
Número de Decreto312-89
Número de registro3326003
Número de Gaceta9766
/--
--
-349-
En ejercicio
de
las
atribuciones que me conliere el articulo
55
de la Constitucion de la Republica, dicto
el
siguiente
3,
DECRETO:
Art.
1
.-
Se concede el beneficio
de
la jubilacion a las personas
siguien
tes:
1)
Ramon Cesar
Avilks
Fernindez,
con
una pensibn de sete-
cientos ocho pesos
(Iw$7O8.00)
mensuales;
2)
Pedro Milciades'Delgado Castro, con una pension de mil
pesos
(RD$
1,000.00)
mensuales; y
3)
Aurelio Puras Trinidad, con una pension de quinientos se-
senta pesos (RD$560.00) mensuales.
B
Art.
2.-
Dichas pensiones serh pagadas con cargo a1 Fondo de
Pensiones
y
Jubilaciones de la Ley de Gastos Publicos.
DADO
en Santo Doming0 de Guzman, Distrito Nacional,
Capital de la Republica Dominicana, a
10s
diecinueve
(19)
dlBs
del mes de marzo del aiio mil novecientos ochenta
y
tres; afios
1400. de la Independencia
y
1
200.
de la Restauracion.
SALVADOR JORGE BLANCO
Dee.
No.
895,
que integra nuevamente
el
Conseio
Nacional de Zonas Franws Industria-
les
y
dicta
otras
disposieiones.
G.
0.
No.
9609,
del
31
demrno
de
1983
SALVADOR
JORGE
BLANCO
Presidente de la Republica Dominicana
NUMERO:
895
CONSIDERANDO que la creacion de nuevas fuentes de
em-
pleo para la mano de obra desocupada existente en la Republica
Dominicana, debe ser considerada de inter& nacional;

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