Decreto Nº 323-12. Decreto que Establece el Reglamento de Aplicacion de la Ley 66-07, Mediante la Cual Se Declara a la Republica Dominicana como Estado Archipielagico
Fecha de disposición | 25 Junio 2012 |
Número de Decreto | 323-12 |
Fecha de publicación | 01 Enero 2012 |
Número de registro | 3368179 |
Número de Gaceta | 10679 |
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D ec. No. 323-12 que establece el Reglamento de Aplicaci6n de la Ley N o. 66-07,
m ediante la cual se declara a la Repliblica D ominicana com o Estado A rchipielâgico.
G. 0. No. 10679 del 30 de junio de 2012.
LEONEL FERNA N D EZ
Presidente de la R epéblica D om inicana
N UM ERO : 323-12
CONSIDERANDO: Que el 22 de mayo del 2007 el Poder Ejecutivo promulgô la Ley No.
66-07, m ediante la cual se declara a la Repflblica Dom inicana com o Estado A rchipielâgico,
en lo adelante Ley N o. 66-07.
CONSIDERANDO: Que la Ley No. 66-07, instituyô la Autoridad N acional de Asuntos
M aritimos (ANAM AR), con la funciôn principal de velar por la investigaciôn,
conselwaciôn y aprovecham iento de los recursos vivos y no vivos del m ar, del fondo del
mar y del subsuelo del m ar, encargândola de representar interna y externamente al Estado
dominicano en todo lo relativo al m ar, sus usos y derechos.
CONSIDERANDO: Que constituye un alto interés del Estado dominicano el
establecim iento de las politicas, planes, programas y directrices que le perm itan conocer,
conselwar y explotar, de m anera racional y sostenible todos sus recursos m arinos, vivos y
no vivos; disehar politicas relativas a la adm inistraciôn oceânica, asi com o promover el
desarrollo del sector m aritimo.
CONSIDERANDO: Que el Articulo 22 de la Ley No. 66-07, dispone que la Autoridad
Nacional de Asuntos M aritimos (ANAMAR), deberâ dictar los reglam entos pertinentes
para la aplicaciôn de la m ism a.
CONSIDERANDO: Que para los fines antes indicados, se hace imperativo el
establecim iento de las reglam entaciones que norm arân el funcionam iento de la A NAMAR,
de conformidad con la Ley N o. 66-07.
Vista: La Convenciôn de las N aciones U nidas sobre el Derecho del M ar, suscrita el 10 de
diciem bre de 1982, en M ontego Bay, Jam aica, ratificada por la Repflblica Dom inicana
mediante la R esoluciôn No. 478-08, del 28 de N oviem bre del 2008.
Vista: La Ley N o. 66-07, de fecha 22 de mayo del 2007, m ediante la cual se declara a la
Repflblica Dominicana como Estado Archipielâgico.
En virtud de las atribuciones que m e confiere el Articulo 128, numeral l , literal b, de la
Constituciôn de la Repflblica Dom inicana, dicto el siguiente
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