Decreto Nº 323-91. Decreto que Concede el Beneficio de la Jubilacion a Varios Servidores de la Administracion Publica

Fecha de publicación01 Enero 1991
Fecha de disposición21 Agosto 1991
Número de registro3332419
Número de Decreto323-91
Número de Gaceta9815
-104-
a) Direccihn General Forestal
b) Direccihn Nacional de Parques
c) Oficina de Patrimonio Cultural
d) Departamento Medio Ambiente
-
Secretaria de Estado de Agricultura
e) Instituto Dominican0 de Tecnologia Industrial
f)
Comisihn Nacional para el Medio Ambiente
g) Centro de Investigacihn Biologicas y Marinas (CIBIMA).
Articulo
6.-
Enviese a1 Banco Central de la Republica Dominicana,
Secretaria de Estado de Turismo, Secretariado Tecnico de la Presidencia, Secretaria de
Estado de las Fuerzas Armadas, Secretaria de Estado de Obras Publicas y Comunicaciones
y a la Liga Municipal Dominicana.
DADO en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la
Republica Dominicana, a 10s veintiun (21) dias del mes de agosto del aiio mil novecientos
noventa y uno;
aiio
1480 de la Independencia y 1290 de la Restauracihn.
JOAQUIN BALAGUER
Dec. No.
323-91
que concede el beneficio de la jubilacion a varios servidores de la
Administracion Publica.
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la Republica Dominicana
NUMERO: 323-91
VISTA la Ley No.379, del 11 de diciembre de 1981, sobre Pensiones y
Jubilaciones Civiles del Estado.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo
55
de la
Constitucihn de la Republica,

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