Decreto Nº 3295. Decreto que Nombra Al Dr. Juan Lopez, Administrador General de la Loteria Nacional y Al Dr. Santos Sena Perez, Administrador General de la Caja de Ahorros para Obreros y Monte Piedad

Fecha de disposición31 Mayo 1982
Número de Decreto3295
Fecha de publicación01 Enero 1982
Número de registro3313145
Número de Gaceta9578
COLECCION
DE
LEYES,
DECRETOS
&.-1857
443
_____
_____~-~__
despues que una de las altas Partes contratantes haya notifi-
cado
a
la
otra
su
intencion de hacerlo cesar, reslervandose ea-
da
una
de las adtas Partes contratantes el derecho de hacer
es-
ta
notiiicacion a1 cabo de
10s
siete afios
que
se han convenido
para la duracion
dle
este Tratado,
6
a
cualquier otra fecha
pos-
terior.
Art.
11.
El
presente Tratado Serb ratificado, y las ratifi-
caciones cangeadas en Curazao en el Grmino de un afio,
6
an-
tes si fuere posibde.
En
f6
de
lo
cual
10s
Plenipotenciarios respectivos 'han fir-
niado y puiesto en
61
su
sell0
particular. Hecho en Curazao
eii
24
de Julio de
1856.
(L.
S.)
A.
Coen.
(L.
S.)
Van Lanuberge.
'1
os
Snfrascritos Reynard Frmcois van Lansberge,
GO-
bernador de Curazao
y
sus
dependencias, y
el
Sr.
Jacob Abra-
ham Jesurum, Cdnsul de la RepGblica Dominicana en Cura-
zao, operando hoy
el
cange de
las
ratificaciones del Tratado
de amistad, comercio
y
navegacion, firmado
el
24
de
Julio
dla 1856 entre
10s
Paises-Bajos
y
la Repfiblica Dominicana,
en
virtud de la autorizacion de sus Gobiernos respectivos y
en
nonibre de las dos Partces contratantes, deelaran
:
Que
el
tercer parrafo del
art.
20.,
relativo
B
la admi-
sion
y
extrafiamiento de
10s
extrangeros,
se
considere nulo
y
de ningun valor.
Que
la
asimilacion
A
todo extrangero, lestipulada en el
articulo cuarto de dicho Tratado, no es extensiva
B
10s
favores
especiales concedidos
6
que
se
concedan
en
lo
sucesivo en las
Co1lonia.s Holandesas de las Indias Oriental'es,
a
las naciones
Asisticas del Auhi'pi6lago Oriental pars
la
importacioil
ci2
IOA
produetos de
su
suelo
6
de su industria,
6
para su exportaicion.
En
€6
de
lo
cual se
ha
firmado la presente dedaracion, en
dobk
y
sencilla, con
sus
selios
resplectivos.
Hecho en Curazao
SI
veinte de Woviembre de mil ochwien-
t
os
cine
uen
ta
y
si et e.-Fi
r
mados .-Van
L
amverge.-J acob
o
A.
Jesu rum.
a.
b.
N6m.
517.-DECRETO
del
G.
P.
dtedarando
&gales
las pa-
tentes de navegacion
6
r&s
de tripulacion,
como
buques de guerra, que hubiere expedido
6
expidiere
el
ex-Presidente Baez.
Dios,
Patria
y
Libertad.-Reptiblica
Dominicans.-El
Go-

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