Decreto Nº 354-22. Que declara de utilidad pública e interés social por parte del estado dominicano, de una porción de terreno de 4,201.69 metros cuadrados, dentro de la designación catastral núm. 308344198890, para ser destinada a la construcción de la subestación eléctrica a 69kv san cristóbal sur, sección madre vieja, san cristóbal.
| Fecha de disposición | 06 Julio 2022 |
| Número de Decreto | 354-22 |
| Fecha de publicación | 20 Julio 2022 |
| Número de Gaceta | 11075 |
- 59 -
Dec. núm. 354-22 que declara de utilidad pública e interés social por parte del Estado
dominicano, de una porción de terreno de 4,201.69 metros cuadrados, dentro de la
designación catastral núm. 308344198890, para ser destinada a la construcción de la
Subestación Eléctrica a 69kv San Cristóbal Sur, sección Madre Vieja, San Cristóbal.
G. O. No. 11075 del 20 de julio de 2022.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO:354-22
CONSIDERANDO: Que el Estado dominicano tiene como uno de sus objetivos
fundamentales procurar la eficiencia del servicio de suministro de electricidad en la
República Dominicana.
CONSIDERANDO: Que en la actualidad el Estado dominicano, a través de la Empresa de
Transmisión Eléctrica Dominicana (ETED), tiene la necesidad de construir una Subestación
Eléctrica a 69kV en la sección Madre Vieja, municipio y provincia San Cristóbal, República
Dominicana.
CONSIDERANDO: Que dicho proyecto tiene como finalidad principal facilitar el
transporte y distribución de la energía eléctrica, para modificar y establecer los niveles de
tensión que ayuden a disminuir la pérdida de potencia que se produce en los conductores por
donde circula la corriente eléctrica, y a mantener la estabilidad del sistema eléctrico nacional
interconectado en la sección Madre Vieja, municipio y provincia San Cristóbal, República
Dominicana.
CONSIDERANDO: Que para la ejecución del citado proyecto resulta indispensable la
declaratoria de utilidad pública e interés social, por parte del Estado dominicano, de terrenos
propiedad de particulares que serán utilizados para la construcción y puesta en servicio de
esta subestación, que interconectará las líneas con otras subestaciones existentes en las
respectivas localidades y con otras que serán construidas en el futuro.
VISTA: La Constitución de la República, proclamada el 13 de junio de 2015.
VISTA: La Ley núm. 344, del 29 de julio de 1943, que establece un Procedimiento Especial
para las Expropiaciones Intentadas por el Estado, y sus modificaciones.
VISTA: La Ley núm. 1832, del 3 de noviembre de 1948, que instituye la Dirección General
de Bienes Nacionales.
VISTA: La Ley núm. 1849, del 27 de noviembre de 1948, sobre Contribución a las Obras
Públicas que Beneficien Terrenos de Particulares.
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