Decreto Nº 359-15. Decreto que Concede y Eleva Pensiones Especiales del Estado Dominicano a Varias Personas.
Fecha de publicación | 18 Noviembre 2015 |
Número de registro | 3378317 |
Número de Decreto | 359-15 |
Fecha de disposición | 29 Octubre 2015 |
Número de Gaceta | 10818 |
Emisor | MINISTERIO DE HACIENDA. |
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DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la
República Dominicana, a los veintinueve (29) días del mes de octubre del año dos mil
quince (2015), años 172 de la Independencia y 153 de la Restauración.
DANILO MEDINA
Dec. No. 359-15 que concede y eleva pensiones especiales del Estado dominicano a
varias personas. G. O. No. 10818 del 18 de noviembre de 2015.
DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 359-15
VISTO: El Artículo 57 de la Constitución de la República, proclamada el 13 de junio de
2015.
VISTA: La Ley No.379, sobre Pensiones y Jubilaciones Civiles del Estado, del 11 de
diciembre del 1981.
VISTOS: Los oficios Nos.1033, 1035 y 1036, del 21 de abril de 2015, dirigidos al
Presidente de la República, por el Director General de Jubilaciones y Pensiones del
Ministerio de Hacienda.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente:
D E C R E T O
ARTÍCULO 1. Se concede el beneficio de una pensión especial del Estado dominicano a
las siguientes personas:
1. Lourdes Nancy María Nicasio Rodríguez, Cédula de Identidad y Electoral No.001-
0148380-8, por un monto de cuarenta mil pesos dominicanos con 00/100
(RD$40,000.00) mensuales.
2. Apolinar de Jesús Núñez Núñez, Cédula de Identidad y Electoral No.031-0094461-
4, por un monto de cuarenta mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$40,000.00)
mensuales.
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