Decreto Nº 370-24. Que crea una comisión especial de carácter honorifico, con el propósito de revisar, en coordinación con la dirección general de la policía nacional, la ley núm. 590-16, orgánica de la policía nacional. dicha comisión estará bajo dependencia del ministerio de interior y policía, coordinada por el señor servio tulio castaños guzmán e integrada por varias personas
Fecha de disposición | 09 Julio 2024 |
Fecha de publicación | 15 Julio 2024 |
Número de Decreto | 370-24 |
Número de Gaceta | 11156 |
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ARTÍCULO 3. Se declara de urgencia que el Estado dominicano entre en posesión de los
indicados inmuebles, a través del Ministerio de Educación, a fin de que puedan iniciarse de
inmediato las construcciones señaladas, luego de cumplidos los requisitos legales exigidos
por el artículo 13 de la Ley núm. 344, del 29 de julio de 1943, modificada por la Ley núm.
700 del 31 de julio de 1974.
ARTÍCULO 4. La entrada en posesión por el Estado dominicano de las mencionadas
porciónes de terrenos será ejecutada por el Abogado del Estado, en virtud de lo dispuesto por
la Ley núm. 486, del 10 de noviembre de 1964, que agrega el párrafo II al artículo 13 de la
Ley núm. 344 del 29 de julio de 1943.
ARTÍCULO 5. Envíese al Director General de Bienes Nacionales, al Abogado del Estado,
al Registrador de Títulos de San Cristóbal y al Ministerio de Educación, para su conocimiento
y ejecución.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los dos (2) días del mes de julio del año dos mil veinticuatro (2024); año 181
de la Independencia y 161 de la Restauración.
LUIS ABINADER
propósito de revisar, en coordinación con la Dirección General de la Policía Nacional,
la Ley núm. 590-16, Orgánica de la Policía Nacional. Dicha comisión estará bajo
dependencia del Ministerio de Interior y Policía, coordinada por el señor Servio Tulio
Castaños Guzmán e integrada por varias personas. G. O. No. 11156 del 15 de julio de
2024.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 370-24
CONSIDERANDO: Que el artículo 255 de la Constitución dispone que la Policía Nacional
es un cuerpo armado, técnico, profesional, de naturaleza policial, bajo la autoridad del
presidente de la República, con la misión de salvaguardar la seguridad ciudadana, prevenir
y controlar los delitos, perseguir e investigar las infracciones penales y mantener el orden
público.
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