Decreto Nº 371-99. Dispone que los Fucionarios y Empleados de la Corporacion Dominicana de Electricidad que a Consecuencia del Proceso de Capitalizacion Sean Beneficiados Con una Pension, les Sean Otorgadas Sus Prestaciones Laborales Liquidadas en Base a Un Salario Maximo de Rd$3,500.00.

Fecha de publicación31 Agosto 1999
Número de Decreto371-99
Número de registro3334174
Fecha de disposición25 Agosto 1999
EmisorCOMISION DE REFORMA DE LA EMPRESA PUBLICA (CREP).
Número de Gaceta10025
-34-
Dec. No. 371-99 dispone que 10s funcionarios
y
empleados de la Corporacion
Dorninicana de Electricidad que a consecuencia del proceso de capitalizacion Sean
beneficiados con una pension, les Sean otorgadas
sus
prestaciones laborales liquidadas
en base a
un
salario maximo de RD$3,500.00.
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la Republica Dorninicana
NUMERO: 371-99
CONSIDERANDO: Que la Corporacihn Dorninicana de Electricidad esta
sujeta a la aplicacihn de la Ley General de Reforma de la Empresa Publica No.141-97, de
fecha 24 de junio del aiio 1997, bajo la cual se contempla capitalizar las areas de
Distribucihn, Comercializacihn y Generacihn y excluir las Areas de Generacihn
Hidroelectrica
o
de presas nacionales, y las Compaiiias de Transmisihn de Energia que se
establezcan como consecuencia de la Ley General de Electricidad.
CONSIDERANDO: Que para el Proceso de Capitalizacihn mediante el
Decreto No.428-98, de fecha 25 de noviembre de 1998, la Corporacihn Dorninicana de
Electricidad fue dotada de una nueva organizacihn administrativa por la cual quedh
conformada en una Unidad Corporativa con siete (7) Unidades de Negocios, nominadas de
la forma siguiente: a) Generadora de Electricidad de Haina, b) Generadora de Electricidad
de Itabo, c) Generadora Hidroelectrica, d) Sistema de Transmisihn de Electricidad, e)
Distribuidora de Electricidad del Norte,
f)
Distribuidora de Electricidad del Sur, y g)
Distribuidora de Electricidad del Este, de las cuales cinco (5) Unidades seran capitalizadas.
CONSIDERANDO: El impacto socioeconhmico que conlleva el proceso de
capitalizacihn de la Corporacihn Dorninicana de Electricidad que manifiesta el sentir de
diversos grupos sociales tanto a lo interno como a lo extern0 de la empresa electrica.
CONSIDERANDO: Las propuestas realizadas en beneficio de 10s
empleados de las Unidades de Negocios a capitalizar de la Corporacihn que permitirian
aminorar 10s efectos socioeconhmicos del proceso de capitalizacihn.
VISTAS la Ley General de Reforma de la Empresa Publica No.141-97, de
fecha 24 de junio de 1997; el Decreto No.428-98, de fecha 25 de noviembre de 1998; la
Ley No.4115, del
aiio
1955, de la Corporacihn Dorninicana de Electricidad el Decreto
No.3498, del 21 de julio de 1978, que aprobh el Reglamento de Plan de Retiro, Pensiones y
Pago en Caso de Muerte de 10s Funcionarios y Empleados Fijos de la Corporacihn
Dorninicana de Electricidad; y la Primera Resolucihn dictada por el Consejo Directivo de la
Corporacihn, en
su
reunion de fecha 29 de julio de 1999, conforme a1 Acta No.1307.

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