Decreto Nº 38-15. Decreto que Declara de Utilidad Pública e Interés Social, la Adquisición por Parte del Estado Dominicano, a Través de la Empresa de Transmisión Eléctrica Dominicana, una Franja de 15 Metros de Ancho a Todo Lo Largo, para Ser Destinada a la Construcción de Un Desvío de LT-69KV, CERINCA-PALAMARA, Provincia Santo Domingo.

Fecha de disposición05 Marzo 2015
Número de registro3372928
Fecha de publicación01 Enero 2015
Número de Decreto38-15
Número de Gaceta10792
EmisorCORPORACION DOMINICANA DE EMPRESAS ELECTRICAS ESTATALES (CDEEE).
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ARTÍCULO 3. Se declara de urgencia que el Estado dominicano entre en posesión de los
indicados inmuebles, a través del Ministerio de Educación, a fin de que se puedan iniciar,
de inmediato, las construcciones señaladas, luego de cumplidos los requisitos legales
exigidos por el Artículo 13, de la Ley No.344, del 29 de julio del 1943, modificada por la
Ley No.700, del 31 de julio del 1974.
ARTÍCULO 4. La entrada en posesión por el Estado dominicano de las mencionadas
porciones de terrenos será ejecutada por el Abogado del Estado, en virtud de lo dispuesto
por la Ley No.486, del 10 de noviembre del 1964, que agrega el Párrafo II, al Artículo 13,
de la Ley No.344, del 29 de julio del 1943.
ARTÍCULO 5. Envíese al Director General de Bienes Nacionales, al Abogado del Estado,
a los Registradores de Títulos correspondientes, y al Ministerio de Educación, para su
conocimiento y fines correspondientes.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la
República Dominicana, a los cinco (5) días del mes de marzo del año dos mil quince
(2015), años 172 de la Independencia y 152 de la Restauración.
DANILO MEDINA
Dec. No. 38-15 que declara de utilidad pública e interés social, la adquisición por parte
del Estado dominicano, a través de la Empresa de Transmisión Eléctrica Dominicana,
una franja de 15 metros de ancho a todo lo largo, para ser destinada a la construcción
de un desvío de LT-69Kv, Cerinca-Palamara, provincia Santo Domingo. G. O. No.
10792 del 10 de marzo de 2015.
DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 38-15
CONSIDERANDO: Que el Estado dominicano tiene como objetivo fundamental procurar
la eficiencia del servicio de electricidad en la República Dominicana;
CONSIDERANDO: Que en la actualidad el Estado dominicano, a través de la Empresa de
Transmisión Eléctrica Dominicana (ETED), tiene la necesidad de construir un desvío de la
LT-69kv Cerinca-Palamara, el cual será construido en el tramo comprendido entre los
postes No. 14 y el No. 20 de la Línea de Transmisión a 169Kv Cerinca Palamara,
inclusive, en la provincia Santo Domingo, República Dominicana;

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