Decreto Nº 392. Decreto que Designa Varios Funcionarios en Distintos Departamentos de la Administracion Publica

Fecha de publicación01 Enero 1982
Número de registro3297840
Número de Decreto392
Fecha de disposición25 Octubre 1982
Número de Gaceta9599
7500
-
Juan Pablo Duarte, Getulio Santos
Liranzo,
Secretario Secretario
ANTONIO GUZXAN
Presidente de la Repdblica Dominicana
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el articulo
55
de la Constituci6n de la Repdblica;
PROMUEGO
la
presente Resolucibn,
y
mando que sea publica-
da en la Gaceta Oficial, para su conocimiento
y
cumplimiento.
DADA
en Santo
Doming0
de Guzrnfin, Distrito Nacional,
Capital de
la
Rep~blica Dorninicana, a
10s
once
(1
1) dias del
mes de diciembre del afio mil novecientos ochenta;
&os
1370.
de la Independencia
y
1
180.
de la Restauracih.
ANTONIO GUZMAN
Resolucih
No.
226,
que autoriza a1 Banco Central de
la
Replblia Dominicana a
obtener
y
recibir un prktamo del Banco Intenmeriano de
Daarrdlo.
G.
0.
No.
9545,
del
31
de
aiciembre
de
1980
EL CONGRESO NACIONAL
En
Nombre de la Repdblica
NUMERO:
226
VISTOS:
Los
Incisos
13
y
19 del Articulo
37
de la Constitu-
ci6n de la -Repdblica;
VISTO: El Articulo
47
de la Ley Orghica del Banco Central
de la Repdblica Dominicana No. 6142, de fecha 29 de diciem-
bre de 1962, modificado por la Ley No.
50
del
15
de noviem-
bre de 1965;
f
-501-
VISTA: La primera Resoluci6n adoptada por la Junta Mone-
taria en
la
sesi6n celebrada el dfa
2
de septiembre de 1980, que
autoriza
al
Banco Central de
la
Reptiblica Dominicana a obtener
un pdstamo ascendente a
US$7.5
millones, del Banco Inter-
americano
de Desarrollo, destinado a financiar la ejecuci6n de
un programa de rehabilitau6n
y
fomento industrial, a
traves
del
Fondo de Inversiones para
el
Desarrollo Econ6mico (FIDE);
CONSIDERANDO: Que de acuerdo con
las
disposiciones
contenidas en el
Art.
47 (modificado) de
la
Ley
Orgihica del
Banco Central
No.
6142, de fecha
29
de diciembre de 1962, la
contrataci6n de emp&titos en moneda extranjera por parte
del Banco Central de
la
Reptlblica Dominicana est& sujeta tam-
bien a la autorizaci6n previa del Congreso Nacional;
Por tanto,
la
Junta Monetaria.
RESUELVE:
1.- Autorizar
la
obtenci6n de un pr6stamo ascendente
a
US$7.5
millones que tiene el prop6sito de conceder el Banco
Interamericano de Desarrollo (BID) al Banco Central de la Repd-
blica Dominicana,
para
financiar
la ejecuci6n de un programa
de rehabilitacibn
y
fomento industrial, a traves del Fondo de
Inversiones para el Desarrollo Econ6mico (FIDE), bajo
10s
ter-
minos
y
condiciones
que
se seilalan
a
continuaci6n:
Procedencia
Monto
PlaZO
Inter&
Comisi6n de Cddito
:
.r
Fondo para Operaciones Especiales del
Banco Interamericano de Desarrollo.
US$7.5
millones.
40
aiios,
incluyendo un perfodo de
gra-
cia de
10
aiios.
lo/o anual durante 10s primeros 10
aiios-
y
20/0 anual durante el periodo restante.
1/20/0 por
aiio
sobre
la
parte no desem-
bolsada del prbtamo, pagadera en
la
misma fecha que 10s intereses.
-502
-
2.-
Asimismo,
para
dar cumpento a las dispcsiciones con-
tenidas en el
Art.
47 (modificado) de la Ley Orgdnica del Banco
Central
No.
6142, de fecha 29 de diciembre de 1962, el Gober-
nador del Banco Central debed solicitar la correspondiente
autorizaci6n del Congreso Nacional, por conduct0 del Poder
Eje-
cutivo, antes de formalizar las obligaciones en moneda extranje-
ra a que se refiere la presente Resoluci6n.
3.-
Finalmente, en cas0 de que el Congreso Nacional autorice
la formalizacibn del pdstamo de que se trata, el Gobernador del
Banco Central, podd suscribir vdlidamente, en nombre
y
re,.re-
sentaci6n del Banco Central de la Repdblica Dominicana, el
COR-
trato relativo a dicho prbstamo, asf como 10s demds documentos
que fueren necesarios para la ejecuci6n del mismo.
Dr. Agustfn L6pez Rodriguez,
Secretario de la Junta Monetaria
W
-
1741B
Prestamo
No.
600/SF-DR
Resoluci6n
DE
-
193/79
PROYECTO DE
CONTRATO DE PRESTAMO
entre el
BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO
BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA DOMINICANA
(Programa de Rehabilitacih
y
de Foment0
Industrial)
10 de enero de 1979.
t
El presente Contrato deberd ser suscrito
a m8s tardar el 6 de marzo de 1980.

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