Decreto Nº 395-12. Decreto que Declara de Utilidad Publica y una Servidumbre de Paso, para Ser Destinada a la Construccion de una Linea de Transmision Electrica en el Tramo Imbert -LUPERON - Puerto Plata, la Adquisicion, por el Estado Dominicano, por Intermedio de la Empresa de Transmision Electrica Dominicana (eted), una Franja de Terreno la Cual Interconectara Con la Linea de Transmision Puerto Plata Ii - Navarrete.
Fecha de disposición | 28 Julio 2012 |
Número de Decreto | 395-12 |
Fecha de publicación | 01 Enero 2012 |
Número de registro | 3368244 |
Número de Gaceta | 10689 |
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Gonzalo Agramonte Díaz, amparada por el Certificado de Título identificado por la
Matrícula No.0500007948, para ser destinada a los planes de regularización de las
viviendas sociales construidas en terrenos que puedan ser adquiridos por el Estado
dominicano.
Artículo 2. En caso de no llegarse a un acuerdo amigable con el propietario del inmueble
precedentemente indicado para su adquisición de grado a grado por el Estado dominicano,
el Administrador General de Bienes Nacionales realizará todos los actos, procedimientos y
recursos, tanto ordinarios como extraordinarios, de acuerdo con las leyes, para obtener la
expropiación del mismo.
Artículo 3. Se declara de urgencia que el Estado dominicano entre en posesión del
inmueble indicado, a fin de que se pueda iniciar en el mismo, de inmediato, los trabajos
señalados, luego de ser cumplidos los requisitos exigidos por la ley.
Artículo 4. La entrada en posesión por el Estado dominicano del citado inmueble será
ejecutada por el Abogado del Estado por tratarse de un inmueble registrado.
Artículo 5. Envíese al Administrador General de Bienes Nacionales, al Abogado del
Estado y al Registrador de Títulos, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los veintiocho (28) días del mes de julio de dos mil doce (2012); años 169
de la Independencia y 149 de la Restauración.
LEONEL FERNÁNDEZ
Dec. No. 395-12 que declara de utilidad pública y una servidumbre de paso, para ser
destinada a la construcción de una línea de transmisión eléctrica en el tramo Imbert-
Luperón-Puerto Plata, la adquisición por el Estado, por intermedio de la Empresa de
Transmisión Eléctrica Dominicana (ETED) una franja de terreno la cual
interconectará con la línea de transmisión de Puerto Plata II-Navarrete. G. O. No.
10689 del 2 de agosto de 2012.
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 395-12
CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Artículo 1, de la Ley No. 848, del 21 de
febrero del 1935, el suministro de energía eléctrica es un servicio de utilidad pública
esencial para el desarrollo de todos los sectores de la República Dominicana, siendo una
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