Decreto Nº 4300. Designacion del Lic. Juan Elias Moscoso para el Cargo de Secretario de Justicia e Instruccion Publica.

Fecha de disposición30 Abril 1903
Número de registro3271597
Número de Decreto4300
Fecha de publicación01 Enero 1903
Número de Gaceta1493
114
COLECCION DE LEYES, DECRETOS
&.-1855
i)
Ntim. 393.-LEY Sabre la represion del \ocio
r_
y la vagancia.
Dios, Patria y Libertad.-Repcblica
Dominicans.-El
Se-
nado Consultor.
Cansiderando:-Que la ociosidad es la fuente de todos
10s
vi-
cios, y que el que no tiene domicilio cierto, medios de subsistir,
y
no
ejerce habituaImente un oficio
6
profesion, no cumpl'e
con
ninguno de 10s debmeres que la sociedad le impone, y la hostilizs
continuamente; en nombre de la Rkiptiblica Dominicana, ha da-
do la siguiente ley:
Art.
10.
Seran reputados vagos y castigados
como
taIes,
10s
que no tengan domicilio cierto, y las personas de carhcter
sos-
spechoso que
skm
aprehendidas tanto en las ciudades, villas
y
pueblos, como en
1&
campos, sin las licencias y pasaportes
co-
rrespondientes, que no tengan oficios
6
profesion constante de
qu6 vivir, hacienda, renta
6
industria
por
donde adquieran *los
20.
Los
habitantes de 10s campos
que
no tengan establwi-
mientos de cultura
6
hatos, ni dedicBdose
b
cuidar animales ma-
yores
6
menoyes,
lsuyos
o
agenos, y que sin una
justa
imposibili-
dad de trabajo personal, no tengan un establecimiento de agri-
cultura proporrionado
5
sus fuerzas,
a
juicio de
10s
oficiales en-
cargados de la pdicia
rural.
39.
El padre
6
hijo de familia que no tiene mas ejercicio
que
el juego, que time compafiiias mal apinadas,
y
que frecuen-
tando lugares sospechoeos no se ldedica
A
un
destino honroso.
-madios licitos y honestos de subsistir.
,
49.
El que sano y robusto mendiga
su
alimento.
59.
El
que pftblica y habitualmente
se
entrega
h
la embria-
guw.
60.
El hijo de familia quie abandona el ejercicio y carrera
B
que lo han destinado sus padres, falthndole
a1
respeto
y
obe-
diencia.
79.
El que tenimdo un oficio lo abandona
6
no
lo
ejerce la
mayor parte del afio.
80.
El
casado que sin evidlente motivo, da mala vida
a
3u
mugeir, abandona
su
familia y vive en paseos y diversiones,
y
no
se ocupa constantemente de trabajar.
90.
Los
que habitualmente estbn en
10s
tribunales
de
pica-
pleitos,
como
agentes
y
defensores, sin estar debidamente auto-
rizados.
Art.
29.
El conocimiento de las causas contra
10s
vagos
y
mal entretenidos,
es
atributivo
h
10s
Alcaldes de comunes, quie-
/
P

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