Decreto Nº 440-12. Decreto que Instituye la Junta Directiva del Instituto Tecnico Superior Comunitario de San Luis, Santo Domingo Este. Designa Al Dr. Victor Hugo de Lancer, Rector del Instituto y Miembro de la Junta Directiva

Fecha de disposición14 Agosto 2012
Número de Decreto440-12
Fecha de publicación01 Enero 2012
Número de registro3368285
Número de Gaceta10692
EmisorINSTITUTO TECNICO SUPERIOR COMUNICATIVO (ITSC)
-249-
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ARTÍCULO 6.- Se otorga poder al Administrador General de Bienes Nacionales para que
a nombre y en representación del Estado dominicano ejecute todas las gestiones para la
adquisición de los terrenos mencionados anteriormente.
ARTÍCULO 7.- En el caso de los inmuebles propiedad del Estado dominicano, se otorga
autorización a las instituciones gubernamentales que detenten la administración de los
mismos para que otorguen la servidumbre de paso y el derecho de uso correspondientes
para los fines de instalación, construcción, operación y mantenimiento de la Línea de
Transmisión.
ARTÍCULO 8.- Los trabajos de tasaciones de los terrenos y sus mejoras serán realizados
por la Dirección General de Catastro Nacional.
ARTÍCULO 9.- Envíese al Administrador General de Bienes Nacionales, al Registrador de
Títulos correspondiente, al Ministerio de Industria y Comercio, al Director General de
Minería, al Abogado del Estado, al Procurador Fiscal del Distrito Judicial correspondiente,
y al Director General de Catastro Nacional, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los catorce (14) días del mes de agosto de dos mil doce (2012); años 169 de
la Independencia y 149 de la Restauración.
LEONEL FERNÁNDEZ
Dec. No. 440-12 que instituye la Junta Directiva del Instituto Técnico Superior
Comunitario de San Luis, Santo Domingo Este. Designa al Dr. Víctor Hugo De
Lancer, Rector del Instituto y miembro de la Junta Directiva. G. O. No. 10692 del 15
de agosto de 2012.
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 440-12
CONSIDERANDO: Que el Poder Ejecutivo, en atención a la letra a), del Artículo 24 y de
la letra g) del Artículo 38 de la Ley 139-01, sometió al Ministerio de Educación Superior,
Ciencia y Tecnología, para su conocimiento y creación, el Instituto Técnico Superior
Comunitario (ITSC) como una institución pública estatal, con personalidad jurídica,
patrimonio propio, poder de reglamentación, de decisión y autoridad para implementar su
organización interna.

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