Decreto Nº 450-19. Decreto que Crea la Zona Franca Industrial Boca de Mao, Bajo la Administración Técnica y Operativa de la Compañía Zona Franca Boca de Mao, S.A.S.

Fecha de disposición13 Diciembre 2019
Número de Decreto450-19
Número de registro3395383
Fecha de publicación16 Diciembre 2019
Número de Gaceta10963
EmisorCONSEJO NACIONAL DE ZONAS FRANCAS DE EXPORTACION (CONAZOFEX).
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ARTÍCULO 5. Envíese al Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes y al Consejo
Nacional de Zonas Francas de Exportación para su conocimiento y ejecución.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los trece (13) días del mes de diciembre del año dos mil diecinueve (2019);
año 176 de la Independencia y 157 de la Restauración.
DANILO MEDINA
Dec. No. 450-19 que crea la Zona Franca Industrial Boca de Mao, bajo la
administración técnica y operativa de la compañía Zona Franca Boca de Mao, S.A.S.
G. O. No. 10963 del 16 de diciembre de 2019.
DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 450-19
CONSIDERANDO: Que el establecimiento de las zonas francas de exportación en
diferentes lugares del país, así como la ampliación de las existentes, ha contribuido
eficazmente a la rehabilitación de la economía de las demarcaciones donde funcionan.
CONSIDERANDO: Que es función del Consejo Nacional de Zonas Francas de Exportación
conocer las diferentes solicitudes de las empresas autorizadas a operar bajo el régimen de
incentivos de la Ley núm. 8-90, del 15 de enero de 1990, que fomenta el establecimiento de
nuevas zonas francas y el crecimiento de las existentes.
CONSIDERANDO: Que la Ley núm. 8-90, en su artículo 19, acápite a) establece como
funciones del Consejo conocer, evaluar y recomendar al Poder Ejecutivo la instalación de
zonas francas de exportación.
CONSIDERANDO: Que el 17 de julio de 2019, la compañía ZONA FRANCA BOCA DE
MAO, S.A.S., presentó ante la Dirección Ejecutiva del Consejo Nacional de Zonas Francas
de Exportación una solicitud para el desarrollo y operación de una zona franca industrial de
exportación, que se denominará ZONA FRANCA INDUSTRIAL BOCA DE MAO.
CONSIDERANDO: Que mediante la Resolución núm. 06-19-P, del 2 de octubre de 2019,
el Consejo Nacional de Zonas Francas de Exportación aprobó recomendar al Poder Ejecutivo
la instalación del Parque de ZONA FRANCA INDUSTRIAL BOCA DE MAO, a ser

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