Decreto Nº 463-04. Decreto que Establece el Reglamento de las Instituciones de Educacion Superior.

Número de registro3342027
Número de Decreto463-04
Fecha de publicación01 Enero 2004
Fecha de disposición24 Mayo 2004
Número de Gaceta10277
EmisorCONSEJO NACIONAL DE EDUCACION SUPERIOR, CIENCIA Y TECNOLOGIA (CONESCYT).
-8-
ARTICULO 15.-
Todo asunto no previsto en el presente Reglamento sera
resuelto por la Comision Especial encargada de orientar y dirigir el programa.
CAPITULO VI11
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
ARTICULO 16.-
Para el primer aiio de la puesta en marcha de este
programa se beneficiara, a modo de prueba, exclusivamente a jovenes residentes en 10s
Estados Unidos de Norteamerica.
ARTICULO 17.-
Para la viabilizacion del Campamento de Verano del
primer aiio la Comision Especial podra realizar ajustes y adaptaciones y considerar criterios
que estime pertinentes y utiles.
ARTICULO 18.-
Comuniquese a las Secretarias de Estado de Educacion
Superior, Ciencia y Tecnologia, de la Juventud, de Relaciones Exteriores, de las Fuerzas
Armadas, de Cultura, de Deportes, de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de Turismo,
de Agricultura, Instituto Tecnologico de Las Americas, la Universidad Autonoma de Santo
Domingo y otras instituciones de educacion superior para 10s fines correspondientes.
DADO
en Santo Domingo de Guzmin, Distrito Nacional, Capital de la
Republica Dominicana, a 10s veinticuatro (24) dias del mes de mayo del aiio dos mil cuatro
(2004);
aiios
161 de la Independencia y 141 de la Restauracion.
HIPOLITO MEJIA
Dec. No. 463-04 que establece el Reglamento de las Instituciones de Educacion
Superior.
HIPOLITO MEJIA
Presidente de la Republica Dominicana
NUMERO: 463-04
CONSIDERANDO:
Que la Ley 139-01, que crea el Sistema Nacional de
Educacion Superior, Ciencia y Tecnologia, clasifica las instituciones de educacion superior,
en niveles y categorias especificas y de acuerdo a
su
naturaleza y objetivos, en Institutos
Tecnicos de Estudios Superiores, Institutos Especializados de Estudios Superiores y
Universidades.
-9-
CONSIDERANDO:
Que la Ley 139-01 establece que son atribuciones del
CONESCYT autorizar la creacihn, suspension, intervencihn
o
cierre definitivo de las
instituciones de educacihn superior, la aprobacihn de reglamentos y la aprobacihn del
numero minimo de creditos por nivel educativo y/o titulo academico, asi como la
supervision y evaluacihn de estas instituciones.
CONSIDERANDO:
Que, como hrganos estructurales, las instituciones de
educacihn superior contempladas en la Ley 139-01 ameritan de una reglamentacihn Clara y
precisa de
sus
imbitos de competencia y
su
funcionamiento.
VISTA
la Ley 139-01, del 13 de agosto del 2001, que crea el Sistema
Nacional de Educacihn Superior, Ciencia y Tecnologia.
VISTA
la Ley 5778, del 3 1 de diciembre de 1961, que declara la Autonomia
de la Universidad de Santo Domingo.
VISTA
la Ley 6150, del 31 de diciembre de 1962, que reconoce la
personeria juridica a la Universidad Cathlica Madre y Maestra, con sede en Santiago de 10s
Caballeros.
VISTA
la Ley No. 66-97, de fecha 9 de abril de 1997, que le atribuye a la
Secretaria de Estado de Educacihn la formacihn y capacitacihn del magisterio.
VISTA
la Ley No. 520, del 26 de julio del 1920, sobre Asociaciones que no
tengan por objeto un beneficio pecuniario.
VISTA
la Resolucihn No. 007/99, del Consejo Nacional de Educacihn
Superior, del 5 de mayo del 1999, que formula las normas para la creacihn de instituciones
de educacihn superior.
VISTA
la Resolucihn No. 40-2003 del 6 de noviembre del 2003, del
Consejo Nacional de Educacihn Superior, Ciencia y Tecnologia (CONESCYT), que
aprueba el Reglamento de las Instituciones de Educacihn Superior.
OIDAS
las opiniones y recomendaciones de representantes de las
instituciones de educacihn superior, las asociaciones de rectores, de universidades y de
institutos tecnicos y especializados, asi como de 10s asesores de la SEESCYT.

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