Decreto Nº 486. Decreto que Concede Incorporacion a la Cooperativa de Ahorro y Credito de los Trabajadores de Molinos Dominicanos, C. por A.

Número de Decreto486
Fecha de disposición15 Diciembre 1970
Fecha de publicación01 Enero 1970
Número de registro3311923
Número de Gaceta9210
--1362--
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el articulo
55
d~
la
Constituciih
de
la
Rep~blica, dicto
el
siguiente
DECRETO:
Art. 1.-Se concede
el
beneficio de la incorporacion
a
la
Asociaci6n Rural Multiactiva “Uni6n Campesina”, con domici-
lio
en
la ciudad de
San
Josk
de Ocoa, Provircia Peravia, Rep&
blica
Dorninicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la
Asam-
blea
celebrada en fecha
22
de agostc de
1970.
Dicha incorpora-
ci6n
sera
efectiva tan pronto como la indicada Asociaci6n efec-
tue
el
dep6sito
y
la
publicaci6n
a
que
se refiere el articulo
4
de
la
citada Ley
NQ
520.
Art. 2.-Enviese
a
la
Procuradurra General de la Repribli-
ea,
para
1,os
fines correspondientes.
UADO
en Santo Doming0 de
Guzman,
Distrito Nacitcnal,
Capital
de
la
Repfiblica Dorninicana,
a
10s.
quince dias del mes
de
diciembre
ael
afij
mil
novecientos setenta,
afios
1279
de
la
Independencia
y
108Q
de
la
Restauracicin.
JOAQUIN
BALAGUER
Decxto
No
486,
que
concede
incorporacih
a
la
Cooperativa
de
Ahorrc
y
Crediio
de
10s
Trabajadores
de
Molinas
Dominicanos,
C.
por
A.
(G.
0.
No
9210,
de1
18
de
Diciembre
de
1970)
’P
JOAQUIN
BALAGUEK.
Prcfiidente
cle
la
Repiiblica
Dominicana
NUMERO
486
VlSTAS
las
Leyes
No
127,
sobre
Asociaciones
C’ooperati-
vas,
de fecha
27
de enero de
1964,
y
No
31,
de fecha
25
de
oc-
tubre
de
1963;
En ejercicio de
las atribuciones
que
me
mnfiere
el
articu?
65
de
la
Constituc:h
c‘c
la
Repii!dica, dicto el
siguiente
-:p
.
-

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