Decreto Nº 492-07. Decreto que Aprueba el Reglamento de Aplicacion de la Ley Organica de Presupuesto para el Sector Publico.

Fecha de disposición30 Agosto 2007
Fecha de publicación04 Septiembre 2007
Número de Decreto492-07
Número de registro3347988
EmisorCAMARA DE CUENTAS DE LA REPUBLICA DOMINICANA (CCRD).
Número de Gaceta10437
-146-
7.
Los Poderes Legislativo y Judicial, la Junta Central Electoral y la Camara de Cuentas,
en el marco de lo previsto en el Pirrafo 111, del Articulo 2, y en el Articulo 26 y
sus
Parrafos I y 11, de la Ley 10-07 y de 10s procedimientos de ejecucion presupuestaria
establecidos, asumiran 10s controles previos
o
autocontroles de las ordenes
o
libramientos de pago, a traves de 10s respectivos ejecutores directos de las operaciones.
Para tal fin, podran solicitar capacitacion a la Contraloria General de la Republica.
Articulo 61. Presentacion de la Ley 10-07 y
su
Reglamento ante el Consejo de
Gobierno.
Dada la magnitud del cambio y la significativa trascendencia e importancia que
la Ley 10-07, del Sistema Nacional de Control Interno y de la Contraloria General de la
Republica, tiene en el manejo e inversion de 10s recursos publicos y en la gestion publica
institucional, el Contralor General de la Republica hara una sucinta presentacion de 10s
aspectos esenciales de la Ley y
su
Reglamento, ante el Consejo de Gobierno, que sera
convocado por la Presidencia de la Republica, en la primera semana de vigencia del
presente Reglamento.
Articulo 62. Traslado de Funciones no previstas en la Ley.
Las actividades
administrativas de registro y certificacion de tiempo de servicio de 10s servidores
o
exservidores publicos, se mantendra en la Contraloria hasta tanto la Ley determine que
institucion asumira dicho servicio.
DADO
en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, capital de la Republica
Dominicana, a 10s treinta
(30)
dias del mes de agosto de dos mil siete (2007); aiios 164 de
la Independencia y 145 de la Restauracion.
LEONELFERNANDEZ
Dec. No. 492-07 que aprueba el Reglamento de Aplicacion de la Ley Orginica de
Presupuesto para el Sector Publico.
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la Republica Dominicana
NUMERO: 492-07
CONSIDERANDO:
Que las autoridades del Gobierno Dominicano, dentro del proceso de
reformas estructurales del Estado, estan empeiiadas en mejorar la gestion presupuestaria
mediante
su
rnodernizacion, para el incremento de la eficiencia y el mayor control y
transparencia en el
us0
de 10s recursos publicos.
-147-
CONSIDERANDO: Que para optimizar la gestion presupuestaria y financiera, el gobierno
ha instrumentado y puesto en funcionamiento normativas y herramientas que respondan
a
10s nuevos lineamientos de la Adrninistracion Financiera Publica.
CONSIDERANDO: Que la actual Ley Organica de Presupuesto para el Sector Publico
introduce cambios significativos en el orden juridic0 y asegura la disponibilidad a tiempo y
el
us0
eficiente de 10s recursos del Estado, y por tanto introduce modificaciones profundas
en 10s procedimientos de 10s Organos Rectores y las instituciones ejecutoras de 10s recursos
del Sector Publico.
CONSIDERANDO: Que dichos cambios precisan de normas y procedimientos adicionales
que ayuden a 10s organismos del Sector Publico a cumplir con las regulaciones que
establece el nuevo regimen Presupuestario y Financier0 del Gobierno.
VISTA la Ley Organica de Presupuesto para el Sector Publico No. 423-06, de fecha 17 de
noviembre del aiio 2006.
VISTA la Ley que obliga a la Oficina Nacional de Presupuesto a publicar a1 final del
ejercicio de cada mes, en 10s primeros 30 dias subsiguientes, un detalle del monto de 10s
ingresos y 10s egresos, No.101-79, de fecha 30 de diciembre del aiio 1979,
VISTA la Ley de la Direccion General de Contabilidad Gubernamental No. 126-01, de
fecha 26 de junio del
aiio
2001.
VISTA la Ley de la Tesoreria Nacional No. 567-05, de fecha 30 de diciembre del aiio
2005.
VISTA la Ley de Credit0 Publico No. 6-06, de fecha 20 de enero del
aiio
2006
VISTA la Ley sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones
No. 340-06, de fecha 24 de julio del aiio 2006 y
sus
modificaciones establecidas por la Ley
No. 449-06, de fecha 6 de diciembre del aiio 2006.
VISTA la Ley de Organizacion de la Secretaria de Estado de Hacienda No. 494-06, de
fecha 27 de diciembre del aiio 2006.
VISTA la Ley de la Secretaria de Estado de Economia, Planificacion y Desarrollo No. 496-
06, de fecha 28 de diciembre del aiio 2006.
VISTA la Ley de Planificacion e Inversion Publica, No.498-06, de fecha 28 de diciembre
del
aiio
2006.
VISTA la Ley del Sistema de Adrninistracion Financiera del Estado, No. 5-07, de fecha 8
de enero del aiio 2007.
-148-
VISTA la Ley que instituye el Sistema Nacional de Control Interno y de la Contraloria
General de la Republica No. 10-07, de fecha
8
de enero del
aiio
2007.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo
55
de la Constitucion de la
Republica, dicto el siguiente:
REGLAMENTO DE APLICACION DE LA LEY ORGANICA
DE PRESUPUESTO PARA EL SECTOR PUBLICO
TITULO
I
CAPITULO
I
Del Sistema Presupuestario
y
su
Organizacion
Defmicion
y
Ambito
ARTICULO
1:
OBJETO
Este Reglamento tiene por objeto regular la aplicacion de la Ley Organica de Presupuesto
para el Sector Publico, No. 423-06, estableciendo y desarrollando 10s principios y
procedimientos que seran utilizados por las instituciones y organismos publicos que
conforman el Sistema Presupuestario, asi como las disposiciones normativas
complementarias para el ejercicio de
su
competencia.
Parrafo:
Toda mencion del presente Reglamento que se refiera a la Ley, sin mencionar
numero ni fecha, se entiende como una referencia a la Ley No. 423-06 citada.
ARTICULO
2:
AMBIT0 DE APLICACION
Estan sujetos a1 presente Reglamento, todos 10s Organismos del Sector Publico que
integran 10s agregados institucionales mencionados en el Articulo 3 de la Ley Organica de
Presupuesto para el Sector Publico. A 10s fines de aplicacion de la Ley y de este
Reglamento, se entendera que conforman el Sector Publico no Financier0 todos 10s
organismos que integran el Gobierno Central, las Instituciones Descentralizadas y
Autonomas no Financieras, las Instituciones Publicas de la Seguridad Social, las Empresas
Publicas no Financieras y 10s Ayuntamientos de 10s Municipios y del Distrito Nacional.
ARTICULO
3:
INTEGRACION CON OTROS SISTEMAS
El Sistema Presupuestario, en conjunto con 10s Sistemas de Tesoreria, Contabilidad y
Credit0 Publico conforman el Sistema Integrado de Adrninistracion Financiera del Estado
(SIAFE) y, por tanto, conceptual, normativa, organica y funcionalmente esta directamente
relacionado con ellos. La Secretaria de Estado de Hacienda es el Organo Rector del
Sistema Integrado de Adrninistracion Financiera del Estado.

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